Almería

El PSOE critica que el exalcalde de Cantoria perciba 49.957 euros como concejal delegado pese a estar inhabilitado

La asignación para Llamas es también superior a la que percibirán los otros dos concejales liberados, el primer y segundo teniente de alcalde del municipio. Así, la edil Carmen Gambeta va a cobrar 29.418,20 euros brutos anuales y el concejal Antonio Luis Molina 26.404,70 euros

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai

El PSOE ha criticado este jueves que el exalcalde de Cantoria, Pedro Llamas, inhabilitado en firme por el Tribunal Supremo (TS) para empleo o cargo público, vaya a percibir una retribución anual bruta de casi 50.000 euros como edil liberado y ha trasladado que los servicios jurídicos del partido continúan estudiando las circunstancias de Llamas en aras de encontrar un "resquicio legal" que les permita actuar para que abandone la corporación local.

   El portavoz del grupo municipal socialista en Cantoria, Pedro Lizarte, ha indicado a Europa Press que el acuerdo de pleno establece que Llamas va a seguir cobrando "exactamente el mismo sueldo" que estaba percibiendo como alcalde desde hace dos años y ha remarcado que supone que el actual alcalde, Pedro Masegosa, "cobre cinco veces menos que un concejal delegado".

   "De nuevo nos parece que se está riendo una vez más del pueblo con dinero público. De hecho, sigue ejerciendo como primer edil aunque firme otro", ha trasladado Lizarte, para quien Llamas continúa siendo "alcalde en la sombra con una condena en firme y una sentencia en ejecución que le inhabilita por 23 meses".

   Al hilo de esto, ha precisado que informe del secretario municipal que acompañaba la relación de cargos de la corporación en régimen de dedicación exclusiva y retribución "calificaba de curioso" que un concejal "cobre más que el alcalde" aunque sostenía que la propuesta finalmente aprobada se "atenía a la legalidad porque se justificaba en que Llamas tiene reconocidas más atribuciones y competencias que el propio alcalde".

   Lizarte ha señalado que el grupo municipal socialista se mantiene, a la espera de un nuevo informe de sus servicios jurídicos, en su postura de no asistir a los actos convocados por el Ayuntamiento de la localidad y a las sesiones plenarias, --aunque sí como público-- hasta que Llamas deje de estar como concejal de la actual corporación. "Seguiremos con nuestra labor de oposición, vigilantes, y atendiendo a los vecinos pero sin sentarnos en nuestros sillones del salón de pleno", ha asegurado.

   Según publica este jueves el BOP, Pedro Llamas va a percibir una retribución mensual bruta de 3.568,40 euros como concejal delegado del Área de Presidencia, Obras y Servicios, Agricultura y Pedanías, lo que supone un salario anual de 49.957,60 euros. El actual alcalde, que tomó el relevo el 1 de julio tras la dimisión de Llamas, recibirá 781 euros mensuales, lo que supone una retribución anual de 10.934 euros.

   La asignación para Llamas es también superior a la que percibirán los otros dos concejales liberados, el primer y segundo teniente de alcalde del municipio. Así, la edil Carmen Gambeta va a cobrar 29.418,20 euros brutos anuales y el concejal Antonio Luis Molina 26.404,70 euros.

PENA RATIFICADA POR EL SUPREMO

   El Tribunal Supremo (TS) confirmó en una sentencia de 26 de mayo la pena de dos años de prisión y 23 meses de inhabilitación para empleo o cargo público impuesta por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Almería a Llamas por faltar a la verdad un escrito "con sello oficial" del Ayuntamiento remitido a la Policía Autonómica, en el que negaba que hubiera autorizado el suministro de luz y agua a una promoción de cuatro viviendas construidas sobre suelo no urbanizable.

   Fue condenado, asimismo, por no denunciar entre 2003 y 2006 estas edificaciones contrarias a la normativa urbanística ni incoar ningún expediente sancionador ni de restauración de la legalidad urbanística sino que, al contrario, según remarca el Supremo, "concedió autorizaciones para el suministro eléctrico y el agua de las mencionadas viviendas".

   La sentencia, que condena también al promotor de la obra y le obliga a la demolición de las viviendas vendidas a ciudadanos británicos para restituir la legalidad urbanística, entró en fase de ejecución el miércoles con la incoación de este trámite por parte de la Sección Segunda.

Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN