Elevan a la Audiencia Nacional el recurso que insta al Ejecutivo la limpieza de Palomares

Publicado: 30/04/2024
A fin de que decida si ordena y da plazo, en caso de ser su competencia, al Ministerio de Transición Ecológica (Miteco) la ejecución del plan
El Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo número 8 ha decidido elevar a la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional el recurso impulsado por Ecologistas en Acción para atajar la limpieza de la tierra contaminada con americio y plutonio en Palomares (Almería) a fin de que decida si ordena y da plazo, en caso de ser su competencia, al Ministerio de Transición Ecológica (Miteco) la ejecución del plan de rehabilitación en la zona.

El órgano, que ha declarado su falta de competencia objetiva para el asunto, finalmente da la razón de la Fiscalía, que defendía que era la Audiencia Nacional la competente para resolver el recurso frente a la postura de la Abogacía del Estado, que otorgaba la competencia al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TJSM).

En su auto, consultado por Europa Press, el tribunal comparte el criterio del Ministerio Público, para el que es la Secretaría de Estado de Energía del ministerio la encargada de "desarrollar" la remediación del suelo radiactivo de Palomares con el almacenamiento temporal de 6.000 metros cúbicos de residuos.

En este sentido, el magistrado Celestino Salgado señala un artículo de la ley sobre energía nuclear incluido en el Real Decreto por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, que establece que el Miteco, a través de la Secretaría de Estado de Energía y previo informe del Consejo de Seguridad Nuclear, podrá declarar un suelo o terreno como contaminado radiológicamente.

"Siendo objeto de recurso la desestimación por silencio administrativo de una solicitud sobre materia cuya resolución compete a un Secretario de Estado, la competencia corresponde a la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional", determina el magistrado-juez.

El órgano solicitó al Ministerio la remisión del expediente administrativo sobre la limpieza de los suelos contaminados en varias ocasiones para decidir sobre esta cuestión de competencia, llegando incluso a apercibir con una sanción a la autoridad o al funcionario responsable en caso de no hacerlo.

El colectivo conservacionista tomó la iniciativa el pasado febrero, cuando se cumplían 58 años desde que cuatro bombas termonucleares cayeron accidentalmente sobre esta pedanía tras colisionar en el aire dos aeronaves de las Fuerzas Áreas de EEUU y ante la evidencia "de que todo sigue igual"

La decisión de elevar a los tribunales la situación de "inacción" que se prolonga en el tiempo está motivada por el "silencio" por parte del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico a los requerimientos de Ecologistas en Acción para que "fije plazo" para "llevar a efecto" el Plan de Rehabilitación de la zona que el Gobierno ha sostenido, desde siempre, debe ejecutar la administración estadounidense.

Es la segunda vez que se recurre a la Audiencia Nacional (AN) para que obligue a fijar plazo para ejecutar la limpieza y ordene que, a la espera de encontrar un almacenamiento definitivo del material radiactivo, se depositen temporalmente los aproximadamente 6.000 metros cúbicos de residuos obtenidos tras el tratamiento de los 50.000 metros cúbicos de tierra previstos por el Ciemat y el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN).

La primera vez, la justicia sentenció en 2019 que el CSN "no tenía competencias" para ejecutar los pedimentos de la organización ecologista, aunque no señaló qué órgano debía hacerlo.

En el marco de su nueva ofensiva, Ecologistas en ha presentado demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) contra España por la "falta de solución" a la "emergencia radiológica" que se vive en Palomares desde 1958 y la "inacción" de los "sucesivos gobiernos" para "terminar" con una "situación tan prolongada" en el tiempo, que se ha puesto "en riesgo la vida de las personas".

El colectivo señala que los habitantes de Palomares han sido "sometidos" a "experimentos científicos sin su consentimiento" y afirma que se "ha permitido que ingirieran e inhalasen partículas radiactivas" con el "objeto de investigar" las consecuencias del "plutonio en la salud" hasta el "año 2009", en el marco del proyecto 'Índalo' acordado entre España y EEUU, lo que califica como "trato degradante".

"La contaminación radiactiva en Palomares es un caso único en la historia de España aún está pendiente de resolver y ningún gobierno español adoptó medida paliativa alguna, siendo la única el vallado de gran parte de la zona afectada que culminó en 2011 aunque a fecha de hoy siguen existiendo terrenos contaminados fuera del vallado por donde transitan personas y ganado libremente", indica.

La demanda solicita al TEDH que entre en el "fondo del problema" que se da en Palomares, reconociendo este extremo, y le pide también que revoque la sentencia de la Audiencia Nacional, confirmada por el Tribunal Supremo (TS) de noviembre de 2022, que consideró que el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) no era el competente para ejecutar la limpieza de la radiactividad en la zona, pero no determinó qué organismo era el responsable.

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