Un funcionario de prisiones que logró la condena de Instituciones Penitenciarias por el accidente laboral que sufrió en el centro penitenciario de ‘El Acebuche’ de Almería en febrero de 2016, tras quedar atrapado por una puerta automática que se accionaba, ha pedido que se ejerza una acción de regreso respecto a tres responsables de la prisión.
Se trata de un mecanismo reparador por el que este trabajador reclama a la administración que recupere los más de 200.000 euros con los que fue indemnizado a través de dichos responsables, al entender que se ha producido una lesión de los intereses públicos por culpa de estos, que el funcionario reclama ahora que es firme el fallo del Tribunal Supremo (TS) que ratificaba los de instancia.
En el escrito por el que solicita la acción de regreso, consultado por EFE, el funcionario recuerda que ha sido indemnizado con un total de 175.358,11 euros por parte de la Secretaria General de Instituciones Penitenciarias, debido al accidente laboral sufrido el 24 de febrero de 2016 en el centro penitenciario ‘El Acebuche’ de Almería.
Subraya que se produjo una vulneración de la normativa preventiva, por “desconocimiento” de la misma, así como que por este accidente laboral le ha sido reconocida una pensión por “invalidez permanente absoluta”.
“Dicho desconocimiento, quedó reflejado en el acta del mes de julio del 2016 del Comité de Salud Laboral, por cuanto el técnico en prevención que asistió a la misma, ante la presión de los sindicatos para que se instalase un botón de parada que hubiera evitado mi accidente y en previsión de evitar otros futuros reconoció que ‘no estaba seguro que la normativa preventiva obligase a ello y quedó en mirarlo’”, asegura.
También denuncia que nunca se le ha entregado el informe de investigación de su accidente, y considera que ha habido “conductas tendentes a evitar responsabilidades vulnerando los derechos que como trabajador e interesado” le asistían.
“Ese ánimo defraudatorio tendente a zafarse de responsabilidad, se materializó cuando en mayo del 2017 se intentó declarar lesivo para el interés público la declaración de mi accidente como accidente en acto de servicio por parte de la Subdelegación de Gobierno de Almería. Trece meses después de quedar indubitados los hechos que motivaron dicha declaración”, afirma.
Apunta, en este sentido, que se intentó justificar que había “asumido riesgos graves e innecesarios al haber atravesado sin haber esperado a su completa apertura”, aunque en la sentencia que le da la razón se recoge que recibían “instrucciones de atravesar las puertas en cuanto hubiera espacio suficiente para ello”.
Lamenta también que no se tuviese en cuenta que estaba en horario del desayuno, sino que desde el centro se adujese únicamente que ese día acudió “al economato de un módulo usando una tarjeta expedida por la misma prisión”.
“Aunque finalmente la Abogacía del Estado estableció que estaba en tiempo y lugar de trabajo, dio por buenos los argumentos esgrimidos por la prisión, y pasó por alto que estaba disfrutando de una pausa en el trabajo (...) Precisamente por habérsele ocultado lo referente a la jornada de descanso, que no pude alegar al no habérseme dado traslado de absolutamente nada”, asevera.
Por todo ello, el funcionario solicita que se lleve a cabo una acción de regreso, al suponer su indemnización un “perjuicio para las arcas públicas”, para restablecer el “buen funcionamiento de la administración y la rendición de cuentas sobre la base del dolo, culpa o negligencia grave” en varios responsables de la prisión por “su evidente negligencia grave y dolo en su causación”.
También por la supuesta “evidente mala fe en intentar sustraerse a su responsabilidad en el mismo, extralimitándose de sus facultades e intentar usar para provecho propio un intento de declaración de lesividad, que, de haber prosperado se hubiera evitado mi indemnización y por consiguiente eliminado la posibilidad de ejercicio de la acción de regreso”.
También pide que se restablezca cualquier “imprecisión” que pueda existir en los actos administrativos que consten en relación al accidente, de forma que se elimine su catalogación como “imprudente temerario”.
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