Según informó hoy en una nota el sindicato de enfermería Satse-Andalucía, que se personó en la causa, la sentencia condena al autor de la agresión por una falta contra el orden público, considerando probado que no sólo alteró el normal funcionamiento de un servicio público, sino que además atacó y violentó a la enfermera en su puesto de trabajo.
En concreto, el sindicato relata que los hechos tuvieron lugar en el centro de salud del SAS 'Camilo Menéndez Tolosa' de la citada localidad, cuando la enfermera, que se encontraba trabajando en la sala de curas, se negó a poner unas gotas en el ojo al denunciado sin la necesaria receta médica.
Posteriormente, el denunciado regresó con las gotas y una copia de receta que se encontraba en blanco, recibiendo por tanto una segunda negativa de la sanitaria a administrarle las gotas. Dicha respuesta fue la que derivó en los graves insultos y amenazas hacia la enfermera.
En la sentencia se recalca que el denunciado "faltó al respeto y a la consideración debida a la funcionaria pública y le insultó y amenazó con expresiones especialmente graves sin que constara ningún tipo de extralimitación de la denunciante en el ejercicio de sus funciones".
Por ello, incide que este comportamiento "ataca directamente al desarrollo de la función pública y se ataca a la denunciante por la actividad que desarrolla".
Por este motivo, el fallo del juez condena al autor de las amenazas e insultos por una falta contra el orden público del artículo 634 del Código Penal, imponiendo una multa de cincuenta días a razón de cuatro euros diarios más las costas del procedimiento. En caso de no satisfacer en el plazo de un mes la multa impuesta, el denunciado deberá cumplir un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.
Satse instó a los profesionales sanitarios a que denuncien las agresiones que padecen como mejor instrumento para disuadir a los posibles agresores por las percusiones penales, así como para que se refuercen las medidas de seguridad en los centros.
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