Medina solicitó el alta de su pareja en 2006, cinco años después de que ambos iniciasen la convivencia. Ante el rechazo del citado club de su petición, inició un proceso legal que comenzó en Sevilla y que más tarde fue remitido a un juzgado de Algeciras.
En el juicio, la parte denunciante hizo valer las modificaciones legales que otorgan actualmente a las parejas de hecho un rango paritario con los matrimonios, que se traducen, por ejemplo, en la posibilidad de dejar pensiones de viudedad. Sobre el derecho del club a regir sus normas a través de los estatutos, los denunciantes alegan que no pueden ir contra la Constitución.
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