La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Jerez de la Frontera, ha condenado a doce años, seis meses y un día de cárcel al varón acusado de matar en julio del año 2019 a la propietaria de la finca de la localidad de Algar donde el condenado realizaba trabajos de jardinería y mantenimiento.
Tras el veredicto de culpabilidad emitido la semana pasada por un jurado popular, la Audiencia condena al acusado a doce años y medio de prisión por un delito de homicidio consumado con la agravante de abuso de superioridad y al pago de una multa de 1.080 euros por un delito leve de hurto, mientras que, en concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar con 24.000 euros al hermano de la víctima, que era viuda y no tenía hijos.
La Audiencia fija esta cantidad como responsabilidad civil dado “el perjuicio y daño moral que le ha supuesto la pérdida irreparable de su hermana”, argumentando que se trata de una cantidad que pidió la Fiscalía y que resulta “adecuada y proporcional”, sin que la defensa haya realizado ninguna alegación en contra.
Tal y como recoge la sentencia, el jurado consideró probado que los hechos tuvieron lugar el día 11 de julio de 2019, cuando la fallecida se encontraba en su finca y llegó el acusado, manteniendo ambos una discusión sobre la cantidad que ella le debía por sus trabajos, en el transcurso de la cual el condenado “la agarró y apretó fuertemente por el cuello y la tiró al suelo, donde ya no respiraba”, introduciéndole entonces un pañuelo dentro de la boca.
Al observar que la mujer estaba muerta, el encausado subió el cadáver al piso superior de la vivienda, lo colocó en un colchón, donde lo tapó con un edredón, y se marchó a su domicilio, tras lo que, al día siguiente por la mañana, el acusado regresó al inmueble, cogió el cadáver, lo ató con unas cuerdas y lo transportó en una carretilla hasta unas cañas dentro de la finca, lugar en el que excavó un pequeño hoyo donde introdujo el cadáver, tapándolo con tierra, cal, una puerta y unas ramas “para que no fuese descubierto”.
Abuso de superioridad
El jurado declaró probado que el acusado tenía 45 años en el momento de los hechos y era de complexión fuerte, ya que practicaba boxeo y kárate, mientras que la dueña de la finca, con la que mantenía “una buena relación”, tenía 71 años, medía entre 1,55 y 1,60 centímetros y era de complexión delgada, lo que “facilitó al acusado causarle la muerte por asfixia ante la diferencia de edad y complexión física”.
La Audiencia resalta en la sentencia que, ante la agresión sufrida, la víctima “en ningún momento pudo defenderse y huir”, de modo que el condenado “se aprovechó de su fuerza para acabar con su vida sin ninguna resistencia” por parte de la fallecida, una “facilidad” para cometer el delito de homicidio en base a la cual queda acreditado que cometió los hechos “aprovechándose del abuso de superioridad”.
Asimismo, consideró probado que el acusado, que causó la muerte de la dueña de la finca “con conocimiento y voluntad de lo que hacía”, cogió las pertenencias de la víctima, consistentes en un teléfono móvil y su documentación, y las escondió en un altillo de la habitación de la primera planta de la vivienda. Además, cogió para sí el dinero que la mujer guardaba en su cartera y cuya cuantía asciende a 335 libras esterlinas (371,85 euros al cambio del día de la fecha), una cantidad que fue encontrada posteriormente en el domicilio del condenado durante la entrada y registro que tuvo lugar el día 22 de julio de 2019.
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