La Comisión de Hacienda del Congreso ha aprobado la ley contra el fraude fiscal que incluye, entre otras medidas, la prohibición de amnistías fiscales, la limitación del uso del efectivo a 1.000 euros cuando una de las partes sea empresario o profesional y el endurecimiento del régimen fiscal de las sicav.
La comisión ha dado el visto bueno a la norma por mayoría -PP y Vox han votado en contra- con competencia legislativa plena, por lo que pasa directamente al Senado para continuar con la tramitación parlamentaria.
Han pasado siete meses desde que el proyecto de ley entró en el Congreso el pasado octubre, aunque la norma ya había sido aprobada por primera vez en Consejo de Ministros a finales de 2018, pero no llegó a tramitarse porque se convocaron elecciones anticipadas.
De las enmiendas introducidas en el Congreso, destaca la extensión a los particulares de la limitación a un máximo de 1.000 euros de los pagos a empresas o profesionales, cuando en el texto original se circunscribía al ámbito empresarial y profesional.
Asimismo, se ha incluido una aclaración del procedimiento para la entrada en domicilios en el caso de inspecciones tributarias, de manera que, tanto si se ha notificado previamente el procedimiento como si se hace por sorpresa, se necesitará una autorización judicial derivada de un acto administrativo que especifique los impuestos y periodos a los que se refiere la investigación.
Esta aclaración legal se ha incluido en el texto después de que en una reciente sentencia el Tribunal Supremo cuestionara que se pueda dar una autorización judicial a un registro por "una corazonada" basada en que un contribuyente tributa por debajo de la media del sector.
Se ha endurecido también el control de las sociedades de inversión de capital variable (sicav) para garantizar que son realmente sociedades colectivas.
De esta forma, el régimen favorable fiscal de las sicav estará vinculado no solo a que haya al menos 100 socios como hasta ahora, sino a que cada uno de ellos tenga acciones por valor de al menos 2.500 euros, lo que evitaría que el cupo se complete con los denominados "mariachis" o socios con participaciones irrelevantes.
Además, se establece un gravamen especial sobre el beneficio no distribuido de las sociedades anónimas cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario (socimi) del 15 %, con el objetivo de dar mayor dinamismo a las inversiones.
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