La presencialidad en un centro trabajo concreto es una de nuestras señas de identidad como personas trabajadoras. Sin embargo, en tiempos de Covid-19, esto se ha visto en muchos casos modificado abruptamente.
Hemos pasado de ser personas trabajadoras a personas trabajadoras a distancia, con todo lo que este ‘sufijo’ conlleva. Nos hemos encontrado en la coexistencia de empleados remotos y presenciales dentro de una misma organización, y es aquí donde las empresas empleadoras deben ser responsables con las nuevas circunstancias. En consecuencia, estas requieren planificaciones para minimizar desviaciones en la forma de proveer la carrera profesional a sus empleados.
El Real Decreto 28/2020, que regula el trabajo a distancia, deja a la negociación colectiva este aspecto, que en muchos casos pasa desapercibido para la gran mayoría de personas, cegadas en un primer momento por las retribuciones pecuniarias o por la entrega de material para redecorar su propia casa como una oficina, aunque en el fondo todo esto no es más que aditamento material.
Las compañías necesitan comprender que la equidad sí importa, y que es ahora más importante que nunca. El hecho de tener personas que desarrollan sus tareas presencialmente o a distancia no debe ser un hándicap en su desarrollo profesional individual en un mercado laboral como el nuestro, donde la presencialidad y el tiempo en cifras brutas de cronómetro han supuesto siempre la columna vertebral de la posibilidad de ascensos y mejores remuneraciones (véase el ejemplo de brecha de género sufrida por la mujeres y su dedicación a los cuidados durante décadas).
Para CCOO, este es un aspecto de vital importancia cuando hablamos de calidad y de generación de valor añadido, de manera que aquellas personas que vayan a desarrollar su trabajo en una situación mayoritariamente deslocalizada del centro de trabajo no se sientan nómadas o temporeras digitales. Para ello, el concepto de desarrollo profesional en el teletrabajo debe dotarse de una serie de marcadores que permitan mantener las mismas posibilidades, las mismas oportunidades y el acceso a la mejora de carrera modificando las actuales formas de valorar la productividad de una persona, y siendo estas adaptadas a la situación de no presencialidad, sin sesgos de inicio.
Parafraseando al consejero de Salud, la carrera profesional y la formación son el ‘culillo’ de la regulación del teletrabajo. Suponen una medida pequeña en términos unitarios, pero generarán una gran desviación en el futuro si no se corrige con inmediatez y con una mayor afectación sin duda a aquellos colectivos que opten o que sean obligados a realizar un trabajo en gran parte no presencial.
No todo se trata de infraestructuras. No todo se trata de accesibilidad a los medios. Se trata de modificar la parte más lenta, de implementar la formación y la anticipación al cambio de empleadores y empleados.
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