La Sección Octava de la Audiencia, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, rechaza la demanda de protección al honor presentada por D. C. C, quien reclamó ser indemnizado por su ex pareja E. G. S. como responsable de una denuncia de abuso sexual de su hija, entonces de 5 años, que presentó en el marco de su conflicto familiar de separación.
Dice la sentencia que ha quedado totalmente descartada la existencia de abusos, pero en cambio no hay "prueba terminante" de que la madre de la menor denunciara el caso a sabiendas de su falsedad y "con un interés espurio".
Existen "indicios" de que E. G. S. pudo actuar de una manera "torticera" y de que todo fuese "un invento y manipulación de la menor" por su parte, pero ante la duda los jueces consideran que es superior "el derecho y deber de protección" que tienen los padres de defender a los menores ante sospechas de ataques sexuales de sus propios progenitores.
La mujer llevó a su hija al hospital con la sospecha de abusos sexuales, lo que hizo que los médicos pusieran en marcha el mecanismo de la Justicia, aunque posteriormente la causa quedó archivada por falta de pruebas.
Entre los indicios contra la mujer, dicen los jueces que ocultó deliberadamente su denuncia previa contra su anterior pareja y padre de su hija mayor y que existen sospechas de que pudo presentar la denuncia "para obstaculizar las visitas del denunciado a su hija".
El padre ha dicho a Efe que la denuncia surtió efecto pues lleva nueve meses sin ver a su hija, ahora de 6 años, aunque lo hace por propia iniciativa por su temor a ser denunciado de nuevo, ya que el juez nunca llegó a adoptar ninguna medida contra él.
El afectado ha manifestado que se propone denunciar a su ex pareja por un delito de denuncia falsa, como le sugiere la Audiencia.
En su sentencia, los jueces reconocen que una acusación de abusar de la propia hija es vista en la sociedad actual como un hecho "repugnante", una "actuación horrenda y merecedora del mayor reproche" que deja a quien es denunciado "estigmatizado para siempre".
"Imputar este tipo de conductas a sabiendas de que son falsas sin el menor escrúpulo atenta claramente contra el honor, la propia estima y la consideración debida por los demás", dice la sentencia, aunque añade que cuando el derecho al honor colisiona jurídicamente con el deber de proteger al menor, prima la obligación de tutelar a los hijos.
No obstante, en el caso de D. C. C, la Audiencia considera que los indicios de falsedad de la denuncia y las dudas sobre la actuación de la madre "deben tener la consecuencia", al menos, de que el interesado no pague las costas del juicio, tanto en primera instancia como ahora en la apelación ante la Audiencia, que por lo tanto la sentencia deja sin efecto.
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