La Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio publica este viernes en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) la orden y las bases reguladoras del programa de Áreas de Regeneración y Renovación Urbana en Andalucía (ARRU), que ofrece la oportunidad a los ayuntamientos andaluces de más de 50.000 habitantes de optar a subvenciones para la rehabilitación de viviendas en barriadas.
Este programa de subvenciones se pone en marcha con 38,6 millones de euros, con los que se prevé actuar en casi 2.500 viviendas de familias en una situación socioeconómica desfavorable y en mejoras de plazas y calles en las barriadas que resulten beneficiarias.
"Ahora es el momento de que los ayuntamientos presenten sus áreas de delimitación y sus propuestas y, a partir de ahí, estas familias se podrán acoger a estas ayudas que contribuirán a transformar barriadas que demandaban desde hace años actuaciones integrales de este calado", ha manifestado en un comunicado la consejera de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Marifrán Carazo.
Según ha señalado, hay ayuntamientos que incluso han trasladado previamente su deseo de presentar solicitudes para poder actuar en áreas como Los Pajaritos y Parque Alcosa, en Sevilla; El Patio del barrio de la Chanca, en Almería; Santa Adela, en Granada; Carranque, en Málaga, o Santuario, en Córdoba.
Este programa de subvenciones financia entre el 65 y el 80% del coste total de las obras de rehabilitación, que abarcan un importante abanico de actuaciones. Así, se pueden solicitar estas ayudas para la mejora del
estado de conservación de los inmuebles (arreglo de cubiertas, azoteas, fachadas y medianerías); para la mejora de la accesibilidad, como la eliminación de barreras arquitectónicas o la instalación de ascensores, o para
la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad (obras de envolvente térmica en edificios, instalación de sistemas de calefacción o refrigeración o nueva iluminación LED en zonas comunes, entre otras acciones).
También se pueden optar a la ejecución de obras de accesibilidad o reurbanización de espacios públicos como pavimentación, jardinería, servicios de abastecimiento de agua, saneamiento, suministro energético o alumbrado, entre otras cuestiones.
TRES MESES DE PLAZO
Los ayuntamientos disponen ahora de un plazo de tres meses para presentar sus propuestas, que deben contar no sólo con la delimitación del área de intervención, sino también con una memoria económica que incluya una descripción detallada de las actuaciones, un cronograma y un plan de realojo temporal si fuera necesario; un plan de intervención social; y el acuerdo del pleno municipal para asumir estas actuaciones, entre otros requisitos.
Dentro de los compromisos, los consistorios deben asumir al menos el 15% del coste de las actuaciones subvencionables de rehabilitación de edificios y de viviendas.
Esta convocatoria, que se lanza con fondos propios de la Consejería (9,4 millones de euros) y con los obtenidos del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 (29 millones), se destina a aquellas zonas con mayor concentración de población, por lo que se circunscribe a los municipios andaluces con más de 50.000 habitantes, que deberán presentar una propuesta de delimitación de áreas de actuación en sus territorios.
Al ser entidades colaboradoras, los consistorios se harán cargo de la gestión de solicitudes y de la entrega y distribución de las subvenciones a las entidades, comunidades de propietarios o personas beneficiarias. Es decir, se trata de un procedimiento similar al que se ha adoptado con la aprobación, también este año, de las Áreas de Rehabilitación Integral de la ITI de Cádiz, por la que se han repartido 32 millones de euros para la rehabilitación de viviendas en barriadas como La Paz en Cádiz, La Constancia en Jerez de la Frontera o La Piñera en Algeciras.
A estas ayudas, una vez que se acuerde la fórmula entre la Junta de Andalucía y los ayuntamientos beneficiarios, podrán optar aquellos vecinos que cumplan una serie de requisitos, como que sea titular en propiedad de la vivienda y sea también su domicilio habitual, que los ingresos de la unidad de convivencia sean inferiores a cuatro veces el IPREM o no haber obtenido una subvención para la rehabilitación de la misma vivienda en los últimos tres años, entre otras peticiones.
En el caso de las comunidades de propietarios, se mantienen criterios similares, pero teniendo en cuenta de que, al menos, el 50% de las viviendas del bloque o piso deben ser el domicilio habitual y permanente de los inquilinos solicitantes.
Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es