Sevilla

15 años de cárcel para joven que mató a miembro de clan rival en Écija

La Audiencia de Sevilla ha condenado a quince años y tres meses al joven que mató a un hombre en Écija a escopetazos tras una refriega entre clanes

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  • Audiencia de Sevilla. -

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a quince años y tres meses de cárcel al joven que mató a un hombre en Écija tras dispararle con una escopeta durante una refriega entre clanes, mientras que tres de sus familiares han sido condenados a penas de entre dos años y medio y cuatro años.

Tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular el 29 de octubre, la Audiencia condena a Jesús R.M. por homicidio a catorce años y el pago de una multa de 5.400 euros y la prohibición durante seis meses de comunicarse o aproximarse a menos de 300 metros de las seis personas que resultaron lesionadas, y por tenencia ilícita de armas a un año y tres meses.

El Magistrado-Presidente del Tribunal del Jurado tiene en cuenta "la gravedad de los hechos", ya que al utilizar una escopeta de perdigones "cuya peligrosidad debía conocer" pudo "provocar el fallecimiento de más personas".

En cuanto a su padre, José Manuel R.P., y su abuelo, Manuel R.M., la Audiencia les impone cuatro años de cárcel y la prohibición durante seis años de comunicarse o aproximarse a menos de 300 metros de uno de los heridos por lesiones con uso de arma, ya que utilizaron "una navaja o arma similar" y su actuación fue "rayana en un delito de mayor entidad".

El cuarto acusado, su hermano José Manuel R.M., ha sido condenado a un año y tres meses por tenencia ilícita de armas y a otro año y tres meses por amenazas.

Jesús R.M. deberá indemnizar con un total de 21.312,61 euros a cinco de las personas lesionadas y, de forma conjunta y solidaria con los otros tres condenados, con 2.979 euros al sexto agredido, según establece la Audiencia en su sentencia, fechada el 12 de noviembre y facilitada por la oficina de comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

El jurado consideró probado que el 22 de octubre de 2018, sobre las 14.00 horas, se produjo un "incidente" en Córdoba con "agresiones mutuas" entre dos de los acusados, pertenecientes al clan de los Caseros, y un miembro del clan de los Raspas.

Sobre las 16.00 horas del mismo día, el fallecido se dirigió junto a varios familiares y amigos a la finca de los Caseros para "hablar" de ese incidente.

Los procesados se acercaron a la cancela de entrada y los invitaron a entrar, pero la víctima mortal apreció "una situación extraña" y "cerraba diciendo que no, que se quedaban fuera", aunque la puerta fue abierta por uno de los investigados.

José Manuel R.M., desde el porche de una de las viviendas, extrajo entonces una pistola detonadora que llevaba oculta, de apariencia similar a un arma de fuego real, y realizó un disparo al aire mientras gritaba "al suelo".

El jurado también consideró probado que Jesús R.M. cogió una escopeta que tenía oculta y, "con ánimo de atentar contra la vida e integridad física" de los miembros de la otra familia, "disparó contra ellos en tres ocasiones al tiempo que se acercaba a donde estaban", con lo que provocó el fallecimiento de la víctima y lesiones en cinco de sus acompañantes.

Los componentes de los Raspas huyeron pero uno de ellos no pudo hacerlo al ser agarrado por las piernas por Manuel R.M., quien le hizo caer al suelo y lo sujetó mientras José Manuel R.P., "con ánimo de atentar contra su integridad física", lo apuñaló con una navaja.

Tras zafarse de estos acusados, fue alcanzado por Jesús R.M., quien "con ánimo de atentar contra su integridad física lo golpeó con el cañón de la escopeta recién detonada".

La Fiscalía, que durante el juicio ya rebajó su petición inicial de 33 años y medio de cárcel para Jesús R.M. y la dejó en 19 años por asesinato, lesiones y tenencia ilícita, terminó pidiendo dieciséis años y medio en total por homicidio y la tenencia de la escopeta.

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