Andalucía

El Tribunal Superior Andaluz se suma al rechazo a propuesta de reforma del CGPJ

El pleno de la Sala de Gobierno del alto tribunal, con sede en Granada, ha acordado por unanimidad un pronunciamiento en el que muestra su rechazo

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  • TSJA. -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) se ha sumado este martes al rechazo expresado por los altos tribunales de otras comunidades, como los de Madrid, Castilla y León y Extremadura, respecto a la propuesta de ley de reforma de elección de miembros de extracción judicial del Consejo General del Poder Judicial planteada por el PSOE y Podemos.

Según ha informado en un comunicado, el pleno de la Sala de Gobierno del alto tribunal, con sede en Granada, ha acordado por unanimidad un pronunciamiento en el que muestra su rechazo a la propuesta de reforma en lo relativo al modo de elección de vocales.

Asimismo, ha instado a los responsables políticos a alcanzar los oportunos acuerdos y a que se aparten de "soluciones que mermen aún más la independencia del CGPJ y las garantías inherentes al principio de separación de poderes".

El TSJA ha indicado que "no puede dejar de tomar conocimiento" de la propuesta de ley presentada el pasado 13 de octubre por los grupos parlamentarios de PSOE y Unidas Podemos, en la que se articula, junto a otras medidas, una profunda reforma del sistema de elección de los miembros de extracción judicial del CGPJ.

En relación con esta reforma, señala que los proponentes hacen referencia a la sentencia del Tribunal Constitucional de 13 de agosto de 1986 que afirma que el sistema de elección de estos vocales no está constitucionalizado, de lo que extraen la encomienda al legislador de la labor de adaptar el sistema de elección de aquellos vocales a la realidad del momento.

Aceptando la premisa de que al legislador le compete determinar el modo de elección de los vocales de extracción judicial, el TSJA recuerda que lo cierto es que esa propia sentencia del Tribunal Constitucional fija criterios mínimos que amparan la designación parlamentaria, "destacando de modo expreso en su fundamento decimotercero la exigencia de una mayoría cualificada de tres quintos de cada cámara para tal elección".

"Es claro que en estas condiciones la pretensión de que los doce vocales de extracción judicial sean elegidos por una simple mayoría absoluta se aleja de modo radical de la doctrina constitucional, quebranta los presupuestos que legitiman la elección parlamentaria de estos vocales, compromete la independencia del CGPJ y lesiona de modo inadmisible la imagen de independencia del Poder Judicial", ha advertido el alto tribunal andaluz. 

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