El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la pena de 21 años de prisión impuesta por la Audiencia de Málaga a un hombre declarado culpable por un jurado popular por acabar con la vida de otro, con el que había compartido piso, al que propinó 52 golpes con un martillo tras una discusión por una deuda; hechos ocurridos en febrero de 2019 en Torremolinos.
Así, se desestima el recurso presentado por la defensa del acusado contra la sentencia que lo condenó por un delito de asesinato. El alto Tribunal andaluz rechaza los argumentos expuestos por el letrado del procesado sobre que este actuó en legítima defensa, tras recibir primero un ataque por parte de la víctima, o movido por un trastorno transitorio.
Según se declaró probado en la primera sentencia, y recoge ahora la resolución del TSJA, a la que ha tenido acceso Europa Press, el acusado fue al domicilio de la víctima en Torremolinos, donde había estado residiendo hasta principios de ese mes de febrero, con el pretexto de reclamarle una cantidad de dinero, de entre 600 y 1.000 euros, que según él mismo le debía el otro hombre.
Una vez accedió al interior de la vivienda, dice la resolución, se originó una discusión entre ambos, en el transcurso de la cual, el procesado, "guiado del propósito de poner fin a la vida del otro, blandió un martillo con el que le golpeó en la cabeza", por lo que la víctima cayó al suelo, recibiendo un total de 52 impactos sobre el cráneo.
La víctima padecía una discapacidad del 65 por ciento, con problemas de movilidad, y en el transcurso de la disputa y debido a los golpes con el martillo "quedó desprovisto de la posibilidad de defenderse", encontrándose en el suelo aún con vida, cuando el acusado se marchó del lugar, dejándolo allí. Horas más tarde falleció.
El acusado se personó en la Comisaría de Policía Nacional de Torremolinos e informó sobre la disputa mantenida antes de que los agentes tuvieran conocimiento de lo sucedido, además de que les dijo haber golpeado en la cabeza con un martillo a la víctima; motivo por el que se le apreció la circunstancia que atenúa la pena de confesión.
Además de la pena de prisión, se le impuso al acusado el pago de una indemnización de 70.000 euros a cada una de las tres hijas del fallecido.
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