Jerez

El TSJA anula las tasas del agua aprobadas en Torrecera en 2016

Ratifica que el estudio económico financiero en el que se basó la junta vecinal para aprobarlas es insuficiente y no está adecuadamente justificado

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  • Manuel Bertolet, alcalde de Torrecera en el momento de los hechos -

La sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha anulado las tasas del agua aprobadas por la junta vecinal de Torrecera en 2016 y da la razón a Aquajerez en la presentación de su recurso, al entender que el estudio económico financiero en que se basó la ELA, presidida entonces por Manuel Bertolet, es insuficiente y no está adecuadamente justificado.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, atiende al recurso presentado por Aquajerez contra el acuerdo de la junta vecinal de Torrecera del 29 de julio de 2016, en el que se aprobó la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de abastecimiento de agua en baja y alcantarillado.

La demanda se basaba en considerar que el acuerdo partía de un estudio económico financiero insuficiente, elaborado, "sin fecha", por Método Ambiental Consultores SL. En este sentido, frente a los "detallados y pormenorizados argumentos" expuestos por Aquajerez contra dicho estudio, "la parte demandada se limita a negarlos, pero sin ofrecer prueba alguna al respecto, remitiéndose al contenido del expediente administrativo", pese a la "trascendencia de los argumentos relativos a los ingresos y costes" del servicio.

Así, la sentencia relata que "pese a que las tarifas bajan entre un 19 y un 9%, los ingresos previsibles se aumentan considerablemente, sin que se ofrezca una razonable explicación al respecto", sin que se ofrezca "razón alguna del origen de los datos".

Por lo que se refiere a los costes "tampoco disponemos de datos en el Estudio Económico Financiero que permitan comprobar por qué se llega a las cantidades que en el mismo se consignan, pues no se desglosan los costes directos e indirectos". En este sentido, se resalta de nuevo que la contestación a la demanda "se limita a describir el contenido del Estudio, pero sin rebatir cuanto se dice en la demanda".

En este sentido, la sentencia recoge que "hemos de dar la razón a la demandante en que el acuerdo objeto del presente recurso carece de un estudio económico financiero adecuadamente justificado", por lo que deja sin efecto la resolución del acuerdo de la junta vecinal, así como condena a la demandada al pago de las costas.

Contra la sentencia cabe posibilidad de interponer recurso en el plazo de 30 días.

Francis Arcila, actual Presidente de la ELA de Torrecera, ha manifestado que “la Sentencia constata que los cálculos fueron inventados, y que por eso la situación era ruinosa generándose una deuda en pocos años de 400.000 euros y que no hubiéremos cobrado el canon concesional al que tiene derecho Torrecera, de unos 300.000 euros”.  “Afortunadamente –dice Arcila-  hemos revertido esta situación adecuando las tasas al coste del servicio y procurando la gestión del mismo en la forma más eficiente posible… es de lamentar que se haga demagogia se haga con base en servicios públicos tan esenciales como el agua y a costa del bolsillo de los vecinos. Arcila manifestó que todavía está pendiente de pago la mitad del precio del citado Estudio, unos siete mil euros, y que se opondrá a su abono.  Espera que el Ayuntamiento de Jerez acuerde la aceptación de la encomienda de gestión que se le ha hecho lo antes posible porque cada día que pasa aumenta de deuda del Servicio. Arcila ha manifestado que “se exigirán las responsabilidades oportunas al anterior Presidente Manuel Bertolet por la situación de endeudamiento en que ha dejado a Torrecera”.

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