Rota

Rota permite la pesca deportiva durante la Fase 1

El alcalde de Rota, José Javier Ruiz Arana, ha dictado un nuevo bando para recoger una de las últimas novedades que el Gobierno de España ha incorporado

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El alcalde de Rota, José Javier Ruiz Arana, ha dictado un nuevo bando para recoger una de las últimas novedades que el Gobierno de España ha incorporado en la actual fase de desescalada, y que tiene repercusión en nuestra localidad, como es el caso de la pesca deportiva.

Así, en base a la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo en cuya disposición final segunda se acuerda autorizar la actividad cinegética y la pesca deportiva y recreativa, el Ayuntamiento de Rota aclara en qué términos se podrá desarrollar en el municipio de Rota la práctica de la caza y de la pesca

Cabe recordar que esta actividad ha sufrido varias modificaciones en el proceso de desescalada del Gobierno Central. Así, inicialmente este Ayuntamiento autorizó la pesca deportiva puesto que el Gobierno no la incluyó entre las actividades prohibidas en la Fase 0. Posteriormente, y tras la modificación realizada por el Gobierno de España para prohibir esta práctica, el Consistorio incluyó en un nuevo bando la prohibición de la pesca deportiva, que ahora vuelve a autorizar el Gobierno Central.

Así, tal y como se recoge en el bando de este lunes 18 de mayo, la práctica de caza y pesca deportiva y recreativa está permitida en todo el término municipal, y en todas sus modalidades, siempre que se cumplan las medidas de higiene y prevención establecidas en la citada orden ministerial.

Así, además de las medidas de prevención e higiene genéricas adoptadas por las autoridades sanitarias frente al COVID-19, se deberán adoptar una serie de medidas como no compartir utensilios de caza o pesca, ni utillaje de comida o bebidas; uso obligatorio de mascarillas cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad establecida; se deberá limpiar y desinfectar el vestuario después de su uso, igualmente se tendrá que limpiar y desinfectar los utensilios de caza y pesca utilizados.

Por otro lado, el bando también recoge que en el caso de que se lleve a cabo la actividad de la caza organizada, donde participe más de un cazador, el organizador deberá elaborar un pan donde se detallen las medidas de prevención e higiene a adoptar.

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