El Ministerio de Sanidad ha autorizado el desplazamiento para el cuidado y la recolección de los huertos para autoconsumo, siempre que estos se hallen en el mismo término municipal al del domicilio, o en uno adyacente al mismo.
La Orden SND/381/2020 que el pasado viernes, 1 de mayo, publicó el Boletín Oficial del Estado (BOE), explica que el requisito de proximidad podrá exceptuarse en situación de necesidad tanto si se hace para el cuidado y alimentación de animales o los huertos sean imprescindibles para la subsistencia del interesado.
Detalla que los desplazamientos han de ser los mínimos posibles para la realización de las tareas indispensables y el acopio de lo necesario y que el desarrollo de los trabajos se realizará de forma individual y por el tiempo indispensable.
Sanidad indica que en estos momentos es necesario dictar esta orden para permitir el abastecimiento de productos alimentarios directamente de la producción propia agraria, la recolección y cuidado de la explotación, así como el cuidado de animales.
Recuerda que la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) considera que la creación de huertos puede mejorar la seguridad alimentaria en distintas formas y que su utilización proporciona a las familias productos hortícolas para su propio consumo utilizando semillas y plantas tradicionales.
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