La Tribuna de Nertis

De nuevo los autónomos

Juan Bautista Jiménez, abogado de Nertis legal, nos habla de las últimas medidas que afectan a los autónomos tras la crisis sanitaria del coronavirus

Publicado: 31/03/2020 ·
22:57
· Actualizado: 31/03/2020 · 22:57
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Recuerdo sonriendo un chiste que me contaron, hace ya tiempo, sobre los autónomos. Decía que un grupo de científicos estaban investigando la sangre de los autónomos porque nunca enfermaban y nunca sucumbían, superando todo tipo de adversidades. Pues parece que ahora, en la situación en la que nos encontramos por esta maldita pandemia, tienen otra gran prueba. Ahora tienen que demostrar de nuevo que siguen siendo el motor y pieza fundamental en la economía de nuestro país. Esos pequeños y minúsculos empresarios que día a día crean empleo y día a día crean riqueza con mucho trabajo y esfuerzo. Representan la mayoría del tejido económico nacional,entre los que me incluyo y no me cabe la menor duda de que, de nuevo, haremos nuestro trabajo, cumpliremos y sacaremos a España adelante.


Y paradójicamente, pocas ayudas y recursos reciben de nuestro Gobierno. Con el Decreto de Alarma y una serie de disposiciones posteriores, nuestro Gobierno ha dictado una serie de normas, unas de carácter laboral y otra de carácter fiscal, que bien poco ayudan, al menos de momento.


Desde el punto de vista laboral, fueron adoptadas dos grupos de medidas: las que establecen o flexibilizan el ejercicio del derecho del trabajador a adaptar su forma de trabajo y las destinadas a simplificar y agilizar los expedientes de suspensión y/o reducción de jornada (los llamados ERTE), ampliando las prestaciones por desempleo y exonerando a las empresas de la cotización a la Seguridad Social. Más recientemente, la que se ha dado en llamar “permiso retribuido recuperable”, y de la que no voy a hablar porque todo el mundo conoce.


Y desde el punto de vista fiscal, aprobaron una disposición que entiendo se quedó corta, porque impone un límite que impide acceder a ellas a una buena parte de las medianas empresas. Tiene de bueno que permite aplazar y fraccionar el pago (con carencia de intereses de tres meses) de unas deudas tributarias que por definición no eran ni aplazables ni fraccionables, tales como el pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades o las retenciones del IRPF. Pero sin embargo se quedan algo cortas porque sólo pueden acceder a estas medidas todos aquellos que en el año 2019 no hubieran facturado más de 6.010.121,04 de euros.


A todas luces son insuficientes y desatienden las demandas de los autónomos, que en síntesis, en el momento en que se escribe este artículo, son tres: a) que se les garantice y se les conceda una prestación por cese de actividad a todos aquellos que hayan tenido que cerrar porque se les ha impuesto el cierre o porque haya caído su actividad; b) una bonificación del 100% de la cuota de Seguridad Social a todos aquellos autónomos que tengan que abandonar su actividad por cuidado de sus hijos o dependientes como consecuencia de los cierres de los colegios o de los cuidadores; y c) una bonificación del 100% de la cuota de Seguridad Social para todos aquellos que hubieran resultado infectados o en cuarentena y, por tanto, asimilados a AT EP.

www.nertis.legal

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