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Andalucía

Así queda la norma para los traslados en ambulancia en Andalucía

El Gobierno andaluz ha establecido un protocolo para el traslado de pacientes en ambulancias

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  • Una ambulancia. -

En el marco de una serie de medidas preventivas en materia sanitaria acordadas por la Junta de Andalucía durante la crisis derivada del coronavirus Covid-19, el Gobierno andaluz ha acordado, en relación al traslado de pacientes en ambulancias, que el número de ocupantes de las mismas no supere los tres, y que la distancia entre ellos sea mayor de 1,5 metros.

Así se recoge en un acuerdo adoptado en la reunión extraordinaria del Consejo de Gobierno celebrada el pasado viernes día 20 de marzo por el que se toma conocimiento de las medidas adoptadas por los grupos creados en la Consejería de Salud y Familias para el seguimiento y evaluación del coronavirus Covid-19.

En dicho acuerdo, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y consultado por Europa Press, se recoge también que los pacientes en las ambulancias se distribuirán entre la cabina de conducción --uno de ellos--, y la parte trasera del vehículo, que se reserva para "el resto de pacientes, de manera que se asegure la mayor distancia posible entre los ocupantes".

De igual modo, "se requerirá de los pacientes en domicilio, y antes de la vuelta en ambulancia en los centros sanitarios, la realización de las medidas higiénicas preventivas de lavado de manos y colocación de mascarilla quirúrgica", así como se establece que, "tras cada traslado, el TES realizará una limpieza con hipoclorito de sodio --guantes y mascarilla--, del suelo y superficies de contacto durante el traslado".

Igualmente, en relación con el traslado de pacientes, se ha acordado "suspender la actividad derivada de la rehabilitación en todos los hospitales de la comunidad", así como no autorizar "el acompañamiento de familiares", entre otras medidas.

PROHIBICIÓN DE VELATORIOS

En el mismo acuerdo se publican también las medidas dispuestas por la Junta en relación con "policía mortuoria", de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, anunciadas el pasado viernes por el consejero de Salud y Familias, Jesús Aguirre, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno.

En concreto, "se prohíben todos los velatorios tanto en instalaciones públicas como privadas", así como se ha acordado restringir "la comitiva para el enterramiento o despedida de cremación a los familiares más cercanos, guardando entre las personas una distancia de uno o dos metros".

Asimismo, "se procurará evitar todo tipo de manifestaciones afectuosa, posponiéndose el culto o ceremonia civil fúnebre para cuando cese el estado de alarma", según se recoge en la orden, en la que también se determina que "no se realizarán actuaciones de limpieza ni intervenciones tanatopraxia o tanatoestética sobre ningún cadáver".

Por otro lado, la Junta también ha acordado, en relación con las clínicas veterinarias, "cualquiera que sea su titularidad", suspender "toda la actividad que no sea atender urgencias".

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