Agentes de la Policía Nacional detuvieron el pasado 1 de octubre en Málaga a un hombre de 51 años y nacionalidad española por su presunta responsabilidad en un delito de acoso u hostigamiento en el ámbito de la violencia de género, después de supuestamente molestar e intimidar a su expareja insistiéndole para retomar la relación. Ha sido condenado a 40 días de trabajo a beneficio de la comunidad y se le ha impuesto una orden de alejamiento de la víctima, con la prohibición de acercarse a menos de 500 metros.
La investigación se inició a raíz de la denuncia de una mujer en relación a la situación de acoso a la que estaba siendo sometida por parte de su expareja desde que decidiera poner fin a la relación que mantenía con él desde hacía dos años. El hombre, con el que había convivido poco menos de medio año, insistía, con un "bombardeo telemático", mediante multitud de llamadas a su móvil y mensajes de texto y audio en que retomaran la relación.
Cuando la denunciante, para evitar que la situación continuara, lo bloqueó en su teléfono y redes sociales, comenzó entonces a comunicarse con ella por correo electrónico. Además, el hombre no cesaba de merodear por su domicilio y lugar de trabajo siguiéndola por la calle mientras la insultaba. En algunas ocasiones incluso se presentó en los lugares de ocio donde se encontraba ella con una actitud intimidatoria, según ha informado la Policía Nacional en un comunicado.
Una vez comprobados los hechos, los agentes localizaron y detuvieron a la expareja de la denunciante por su presunta responsabilidad en un delito de acoso u hostigamiento en el contexto de la violencia de género.
Según se desprende de la investigación, el presunto autor motivado por una "obsesión amorosa", pues, al parecer, no habría aceptado la ruptura, habría realizado todas las acciones con la intención de recuperar la relación.
Las diligencias practicadas fueron remitidas al Juzgado de Violencia Sobre la Mujer número 2 de Málaga que ha condenado al detenido a la pena de 40 días de trabajos a beneficio de la comunidad de protección, prohibición de comunicarse con la víctima y acercarse a ella menos de 500 metros.
El delito de acoso u hostigamiento fue introducido en el Código Penal en junio del año 2015, para dar cobertura a conductas insistentes, incluso persecutorias, que se suelen dar entre exparejas.
El no aceptar un "no" por respuesta e insistir en retomar la relación --ya sea a través del teléfono o buscando la cercanía física-- puede suponer la comisión de una infracción penal, que puede venir acompañada de una medida de alejamiento, han recordado desde la Policía Nacional.
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