La sentencia de la Sección Segunda, a la que tuvo acceso Europa Press, considera a cada uno de los procesados autores y cooperadores necesarios, respectivamente, de un delito de agresión sexual y otro en grado de tentativa por el que les impone sendas penas de 12 y seis años de prisión, a lo que suma la pena 40 días de multa a razón de seis euros al día por una falta de lesiones.
El fallo fija, asimismo, el pago de forma solidaria de una indemnización de 18.000 euros a la víctima, quien se encontraba embarazada de dos meses, y de 660 euros a su compañero por las lesiones derivadas de la paliza que le propinaron para aturdirle y que, de este modo, no pudiese poner resistencia.
El "execrable" ataque a la pareja, de nacionalidad boliviana al igual que los procesados, se produjo un fin de semana de julio de 2007 cuando ambos regresaban a casa tras pasar la velada en una fiesta al aire libre organizada por su comunidad en el conocido como paraje 'Los Zampas'.
Según se recoge en la sentencia, la joven se paró a apenas transitados 100 metros para vomitar y los tres, en compañía de una cuarta persona no identificada, aprovecharon que el marido se encontraba distraido para caer sobre ellos y entablar una reyerta. Mientras el hombre intentaba repeler la agresión, uno de los acusados, de 35 años, se acercó a la víctima, la tiró al suelo y la obligó a despojarse de la ropa.
Ella se negó "a gritos y pidiendo auxilio a grandes voces" aunque no pudo impedir que, finalmente, consumase la violación. Pese a sus continúas negativas, un segundo individuo, de 25 años y vecino de Totana (Murcia), se acercó también a ella y la sometió a diversos tocamientos que fueron interrumpidos por el marido, quien logró zafarse de los agresores y le propinó una fuerte patada en el costado.
La víctima pudo, entonces, escapar y pedir auxilio en las viviendas cercanas donde una vecina, en lo que el tribunal califica como "un loable espíritu cívico", había llamado ya a la Policía Local de Albox, que se personó de "manera inmediata" en el lugar pata detener a los procesados y atender a ambas víctimas, quienes presentaban contusiones y hematomas.
La sentencia establece, asimismo, que no podrán aproximarse a la mujer a una distancia inferior a un kilómetro y comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento durante un periodo de cinco años.
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