El Tribunal de Cuentas ha condenado a los exdirectores generales de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía Francisco Javier Guerrero y Juan Márquez a devolver la cantidad de 800.000 euros de las subvenciones concedidas a la Fundación San Telmo para que ésta impartiera acciones formativas destinadas al personal directo de la Junta denominadas 'Curso de Alta Dirección de Instituciones'.
En la sentencia, de fecha de 13 de febrero y a la que ha tenido acceso Europa Press, el Tribunal de Cuentas ha considerado a Guerrero y a Márquez como "responsables contables directos" de un "menoscabo en los fondos públicos por importe de 800.000 euros".
En concreto, el fallo ha condenado a Guerrero a abonar un importe de 520.000 euros mientras que a Márquez le ha sentenciado a pagar la cifra de 280.000 euros. Asimismo, el Tribunal les ha condenado a ambos a pagar los correspondientes intereses legales así como las costas del proceso judicial que se celebró, en audiencia previa, el pasado 22 de noviembre de 2018 y en el que actuaron como demandantes la Fiscalía y la Junta de Andalucía.
La Sala considera como probado que Guerrero, durante un periodo que va de 2004 a 2008, acordó que "la Fundación San Telmo impartiera acciones formativas destinadas al personal directivo de la Junta" que "se instrumentaron por medio de convenios de colaboración firmados por Guerrero". De esta manera, el exdirector general de Trabajo suscribió dos convenios de colaboración con la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA) en los cuales "encomendaba a IDEA a la materialización de los dos pagos previstos en los convenios celebrados con la Fundación San Telmo, en concepto de ayuda específica por importe de 260.000 euros cada uno de ellos, cursándose las correspondientes órdenes de pago por un total de 520.000 euros".
De igual modo, el fallo considera también como hecho probado que Márquez, en su etapa de director general de Trabajo, dictó una resolución que ordenaba a la Agencia IDEA "al pago de la ayuda sociolaboral como medida de acompañamiento al Plan Formativo de la Fundación San Telmo" la cual estaba fijada en 280.000 euros y que se materializó en octubre de 2009.
La sentencia recoge que la representación legal de la Junta argumentó en la causa que la relación entre la Administración andaluza y la Fundación San Telmo "responde a una prestación de servicios" lo que "encubría" una "verdadera relación contractual" lo que vendría a concluir que el concepto de las subvenciones "es nulo por la propia falsedad de la causa".
De otra parte, el fallo indica que los pagos realizados a la Fundación San Telmo "se hicieron con cargo al programa presupuestario 'Administración de las Relaciones Laborales' (programa 31L)" así como que "no se tramitó expediente alguno de subvención sino que el pago de esas ayudas públicas se materializó en los convenios firmados con IDEA" en febrero de 2007 y "en la resolución del directo general de Trabajo y Seguridad Social de 17 de agosto de 2009".
De esta manera, la sentencia concluye que "los pagos realizados a la Fundación San Telmo constituyeron un perjuicio a la Hacienda Pública andaluza, pues se hicieron desviando fondos destinados a otras finalidades" y "sin expediente administrativo alguno que acreditara la vinculación al interés público de dichos pagos". Por ello, el fallo apunta que la forma de proceder de Guerrero en relación a la disposición de los fondos públicos de la Junta "revela una actuación alejada de la diligencia exigible a quien administra fondos ajenos".
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