España

Los datos de Hacienda coinciden con los indicios de malversación

Dice que los acusados realizaron una aportación incompleta de las palabras de Montoro y aglutina los indicios en su auto de confirmación del procesamiento

Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
  • Junqueras y Puigdemont -

El instructor de la causa del 'procés' en el Tribunal Supremo, Pablo Llarena, ha dictado un auto en el que rechaza los recursos de reforma presentados por los procesados en este procedimiento y afirma que los datos que le entregó recientemente el Ministerio de Hacienda coinciden con los indicios de malversación recogidos en su investigación contra los miembros del exGovern.

En relación con las manifestaciones realizadas por algunos acusados sobre las manifestaciones del ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, en el sentido de que no se había gastado "un euro público" en el referéndum ilegal del 1-O, el juez les reprocha en su auto que silenciaran parte de las manifestaciones del miembro del Ejecutivo de Rajoy ya que éste apuntó en la misma entrevista a "la posibilidad material de que pueda existir una mecánica de fraude oculta y no confirmada".

El juez precisa que la información remitida por el Ministerio de Economía y Hacienda evidencia la incorrección del alegato de los recurrentes, pues "no sólo no acredita que la investigación de este proceso se muestre errónea, sino que la propia fiscalización de las cuentas de la Generalitat que se ha llevado por el Ministerio de Hacienda detectó (y mucho antes de que se desatara la polémica que la defensa esgrime), determinados marcadores que sugerían lo que el Auto de procesamiento sostiene, impulsando por ello el Ministerio de Hacienda a que se realizara la indagación judicial que en este procedimiento se desarrolla".

PUDIERON ENGAÑAR A HACIENDA

En su auto, recoge que la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos (CDGAE) ha dictado cuatro acuerdos, conforme con las previsiones de la Ley orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, para el control presupuestario de la Comunidad Autónoma de Cataluña. Los mismos --indica el juez-- establecen mecanismos de control que descansan en el suministro de información de alcance estrictamente presupuestario y contable, a partir de un sistema de certificados y de declaraciones responsables, de suerte que el control primero no supone necesariamente que la realidad fáctica o material sea coincidente con la documentación presupuestaria y contable con la que se cuenta.

CONTROLES Y REQUERIMIENTOS A LA INTERVENTORA

El magistrado detalla que, además de los controles administrativos, el Ministerio ha reclamado información de control a través de diversos requerimientos realizados a la Intervención de la Comunidad Autónoma,* así como las denuncias que desde el mes de septiembre de 2017 Hacienda ha venido formulando ante la Fiscalía General del Estado para que investigue posibles responsabilidades penales de autoridades o funcionarios de la Generalitat de Cataluña en relación con las campañas promocionales del referéndum, además de la financiación a través del Diplocat de los gastos generados por los expertos internacionales contratados para el seguimiento del referéndum.

El juez subraya que "la alegación de las defensas de que el procesamiento por este delito es injustificado, utilizando para ello una mención incompleta de las manifestaciones hechas por el Ministro de Hacienda en una entrevista periodística, no desbarata los indicios que la investigación recoge. Antes al contrario, se aprecia que algunos de los indicios de fraude surgidos con ocasión del control presupuestario y denunciados en su día ante la Fiscalía General del Estado, son coincidentes con la investigación de la realidad fáctica que sostiene esta instrucción".

En su auto, aglutina los indicios del presunto delito de malversación investigado, tanto los que existían cuando se dictó el auto de procesamiento como los reunidos en la pieza secreta que se levantó después de esa fecha.

Así, enumera las pruebas reunidas en lo que se refiere a los costes relacionados con la publicidad del referéndum en los medios de comunicación públicos (una campaña en abril 2017 con el eslogan "sí o no" sobre el mapa de Cataluña y otra campaña el 4 de septiembre de 2017 para fomentar participación en la votación del 1-O), la distribución de documentación electoral, los sobres para remisión de cartas certificadas, los gastos de folletos de propaganda y cartelería, así como los gastos derivados de la intervención de una pluralidad de observadores internacionales (pagos en el extranjero a la sociedad neerlandesa "The Hague Centre for Estrategic Studies" y gastos de DIPLOCAT).

Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN