l Tribunal Supremo ha confirmado las penas de entre cinco y cuatro años y medio de prisión, y veinte años de inhabilitación, impuestas a cinco policías locales de Mijas (Málaga) por un delito contra la salud pública por tráfico de drogas.
Según ha informado hoy el Supremo, se ha rebajado la condena de cuatro a tres años y medio de prisión por el mismo delito a otro acusado que a cambio de dinero escondió en su vivienda 162 kilogramos de hachís.
En su sentencia, la Sala también ha acordado anular las multas que la Audiencia Provincial de Málaga impuso a los seis acusados por entender que no debió cuantificarlas al no constar en la sentencia recurrida el valor económico de la sustancia.
En este sentido, afirma que cuando no consta acreditado el valor económico de la droga no resulta legalmente posible cuantificar la multa que debe determinarse y, en consecuencia, debe prescindirse de dicha pena.
Los hechos considerados probados en la sentencia recurrida recogen que los seis acusados -cinco de ellos policías locales en activo de Mijas - formaron un grupo organizado con la finalidad de apoderarse de sustancias estupefacientes de los alijos, que después distribuían a cambio de dinero.
Cuando tenían conocimiento de un alijo, utilizaban los vehículos oficiales de la Policía y sus uniformes reglamentarios, placas y armas se presentaban en el lugar de desembarco de la droga, lo que provocaba la huida de los traficantes, que abandonaban la carga.
Los condenados se apoderaban de la droga y la transportaban en los vehículos oficiales con la garantía de que si eran sorprendidos siempre podrían justificar su conducta como derivada de una intervención policial.
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