En el mes de marzo pasado Chichester remitió un escrito al comisario exponiéndole la situación. Le preguntó si la Comisión podría confirmar que “en el contexto de la última puesta al día de la lista de Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) en la región mediterránea, realizada en diciembre de 2008, se había incluido un nuevo área por parte de España denominada Estrecho Oriental”.
La carta añadía que la zona cubre un área marina cercana a Gibraltar y que de forma significativa se sobrepone con el lugar propuesto por el Reino Unido y denominado Aguas Sur de Gibraltar, que fue incluido en la primera versión de la lista mediterránea, adoptada por la Comisión en julio de 2006.
El escrito habla también del encuentro en el que el Reino Unido reclamó que no se había dado cuenta de la designación por estar en medio de cientos de presentaciones de áreas similares por toda la Unión Europea.
El comisario Dimas declara que antes de adoptar la Comisión la decisión de diciembre de 2008, se siguió el proceso de directiva de hábitats y el Estado miembro afectado fue consultado.
Asegura Dimas que se recibió una opinión favorable en el encuentro del Comité de Hábitats celebrado para discutir la puesta al día de la lista.
Dimas añadió que la Comisión está preparando su respuesta al recurso legal presentado por Gibraltar y aseguró que continuará instando a las autoridades relevantes en España y el Reino Unido, para que trabajen hacia una resolución mutua aceptable en este asunto.
De momento se está a la espera que el Reino Unido emita su postura para unirse al caso de Gibraltar en el curso de la próxima semana.
Recurso gibraltareño
Por otra parte, la UE ha publicado en su página web datos sobre las acciones interpuestas por el Gobierno de Gibraltar (Nº6) en mayo pasado cuestionando la designación de parte de las aguas limítrofes al Peñón como españolas.
El Ejecutivo argumenta en este caso que la decisión de la Comisión en diciembre de 2008, es un incumplimiento con respecto al Tratado de la UE. Con su actuación el Gobierno pretende que se anule la decisión de la Comisión y que se le obligue a pagar las costas y otros gastos derivados del caso.
Los abogados del Peñón establecerán que la Comisión “cometió errores legales” en cuanto que designó aguas pertenecientes a un Estado miembro (Reino Unido) como si fueran de otro Estado (España). Expondrán que España “ni ejerce ni puede ejercer ninguna jurisdicción ni soberanía sobre dichas aguas”.
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