Alcalá la Real

TSJA respalda al Ayuntamiento en la creación de una bolsa de bomberos

Según Cecilia Alameda “esta bolsa contribuye a garantizar la prestación del servicio público a la ciudadanía”

Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha desestimado el recurso de apelación presentado por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI-F) para anular la bolsa de Bomberos- Conductores creada por el Ayuntamiento de Alcalá la Real para cubrir la sustitución temporal de titulares. La Sala de lo Contencioso Administrativo, con fecha 21 de noviembre de 2017, vuelve así a dar la razón al Consistorio alcalaíno.

La concejala de Personal, Cecilia Alameda, ha manifestado al respecto que “el TSJA viene a respaldar que el proceso selectivo se realizó conforme a los principios constitucionales de igualdad, mérito y  capacidad, y que, por tanto, no existen dudas sobre la legalidad de las bases de la convocatoria”.

Asimismo Alameda Olmo ha recordado que “esta Bolsa de Bomberos está dando respuesta a las necesidades de personal y, por tanto, contribuye a garantizar la prestación del servicio público a la ciudadanía”.


Por último la edil ha explicado que “la bolsa se constituyó para cubrir las futuras necesidades de personal con carácter no permanente, que no pueden ser atendidas por el personal al servicio del Ayuntamiento, siempre que lo permitan las disponibilidades presupuestarias y la legislación de función pública”.

Como fundamento de derecho la Sala declara, siguiendo otra sentencia de igual naturaleza (nº 1.248/2015, de 21 de junio)  que “el requisito de que el proceso selectivo se haga preferentemente por el sistema de oposición no viene, sin embargo recogido para la selección del personal funcionario interino, respecto del  cual ,…., se limita a exigir que el nombramiento se efectúa con respecto a los principios de mérito y capacidad y mediante procedimientos que posibiliten la agilidad en la selección en atención a la urgencia requerida para cubrir transitoriamente los puestos de trabajo”.

Esta es la segunda sentencia que respalda la creación de esta bolsa, pues ya hubo una sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo nº1 de Jaén que desestimó, en febrero de 2016, el recurso jurisdiccional presentado por el CSI-F contra la formación de la citada bolsa.

Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN