Andalucía registró un total de 16.969 divorcios durante el año 2016, lo que supone un descenso del 0,3 por ciento respecto al año anterior donde se dieron 17.030 divorcios en la comunidad andaluza, según los datos publicados este lunes por el Instituto Nacional de Estadística (INE).
Además de los divorcios, durante el año pasado se dieron en Andalucía 903 separaciones (un 0,4 por ciento más que en 2015 donde fueron 899) y 14 nulidades, que han disminuido un 53 por ciento ya que en el año anterior se dieron 30 casos de nulidad.
Sumando todo, en Andalucía se han producido 17.885 procesos, solo un 0,4 por ciento menos que en el 2015 donde de produjeron 17.959. Además, en lo que se refiere a la tasa de casos por cada cierto número de habitantes, en Andalucía es de 2,2 casos por cada 1.000 habitantes.
En cuanto a datos nacionales, durante el año 2016 se produjeron un total de 101.294 casos de nulidad, separación y divorcio, lo que supuso una tasa de 2,2 por cada 1.000 habitantes. El total de casos en 2016 experimentó un descenso del 0,1 por ciento respecto al año anterior.
El número de divorcios aumentó un 0,3 por ciento, mientras el de separaciones disminuyó un 6,4 por ciento y el de nulidades un 18,8 por ciento.
Por tipo de resolución, 67.944 casos se resolvieron por sentencia, 26.998 por decreto, y 6.352 por escritura pública. Por tipo de proceso, se produjeron 96.824 divorcios, 4.353 separaciones y 117 nulidades. Los divorcios representaron el 95,6 por ciento del total, las separaciones el 4,3 por ciento y las nulidades el 0,1 por ciento restante.
La tasa de nulidades, separaciones y divorcios por cada 1.000 habitantes en España fue de 2,2 en el año 2016. La ciudad autónoma de Ceuta (2,7) registró la mayor tasa por cada 1.000 habitantes. Por el contrario, Castilla y León y Extremadura (1,7) presentaron las menores tasas.
Es necesario precisar, según el INE, que la adscripción de nulidades, separaciones y divorcios a una determinada comunidad autónoma se ha realizado en función de la localización del órgano judicial que dicta la resolución y no del lugar de residencia o de nacimiento de los cónyuges.
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