El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la absolución de un profesor que impartía Educación Física en un centro escolar de la provincia que estaba acusado de presuntos tocamientos a una alumna de seis años ya que su testimonio se contradijo con lo que denunciaron sus padres y su hermano mayor, y que dio lugar al procedimiento penal.
El Alto Tribunal avala el fallo dictado por la Audiencia Provincial de Almería y rechaza el recurso de casación presentado por la acusación particular ya que considera que los magistrados de la Sección Tercera ofrecieron "una fundada respuesta a la pretensión condenatoria formulada" por ellos, "aunque contraria a sus intereses" y no advierte, además, "errónea valoración" de la prueba.
La sentencia, consultada por Europa Press, recoge que el profesor fue denunciado en 2013 por presuntamente haber realizado tocamientos a una de sus alumnas, de seis años, lo que no quedó acreditado durante la celebración de la vista oral.
El tribunal señala que en la exploración judicial, la menor "no relató en ningún momento que el acusado le hubiera tocado, negando dicho extremo de forma categórica", una declaración, que según remarca, "contradice lo manifestado por los padres y el hermano de la menor, quienes afirmaron que esta relató dichos hechos; especificando que la oyeron relatar los hechos a raíz de un comentario que la madre realizó sobre una noticia relacionada con violadores que dieron en televisión".
Sobre otro supuesto tocamiento, el Supremo apunta a que la sala consideró que la declaración de la menor no había sido "persistente en el tiempo" y, además, negó parte de ella tal y como la contaron sus familiares en la citada exploración judicial.
"La credibilidad de la menor quedó comprometida por el hecho de haber presenciado el reproche que su madre hizo al acusado cuando acudió a su domicilio ya que la menor oyó la versión que de los hechos efectuaron sus familiares en el contexto de una acalorada discusión, extremo que pudo influir en la percepción que tiene de lo ocurrido", recoge el fallo
Por último, el TS indica que la "conclusión de la sala" estaría avalada por la pericial psicológica y alude a la versión de los hechos ofrecida por el acusado, "distinta a la relatada por la acusación y que ha mantenido a lo largo del procedimiento
"La sala reputa verosímil esta versión pues en el aula no estaba a solas con la menor sino en presencia de otros alumnos, a ella podía acceder en cualquier momento otro profesor o incluso algún padre para recoger a su hijo, lo que hacía que fuera una situación no idónea para la ejecución de los hechos que se le atribuyen", concluye para apelar al principio de la duda razonable.
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