La Fiscalía de Medio Ambiente de Huelva ha denunciado ante los juzgados de Valverde del Camino a la empresa Atalaya Riotinto Minera SLU, responsable de la explotación y gestión del proyecto de reapertura de la mina de Riotinto, y a su director facultativo, por un presunto delito de contaminación atmosférica con grave riesgo para la salud de las personas, tras la conformación de grandes nubes de polvo en suspensión durante la primavera y verano de 2016.
Estas nubes provocaron "grandes molestias" a los ciudadanos de las zonas más próximas a las poblaciones de La Dehesa, en Minas de Riotinto, y Nerva que, en algunos casos, formularon denuncias ante la Guardia Civil y la Policía Local.
Según reza en la denuncia del Ministerio Fiscal, a la que ha tenido acceso Europa Press, interpuesta también contra aquellas otras personas físicas o jurídicas cuya participación en los hechos denunciados resulte de la investigación, los agentes pudieron comprobar 'in situ' dicha situación los días 1, 8 y 9 de agosto de 2016 y en concreto cómo no se regaba ni humedecía la zona de estériles.
La actividad de esta mina está condicionada por la Autorización Ambiental Unificada (AAU), otorgada por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía en marzo de 2014, así como por la resolución de reinicio de trabajos y concesión minera en enero de 2015, por parte de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía, Innovación Ciencia y Empleo.
Por su parte, el Servicio de Valoración Toxicológica y Medio Ambiente del Instituto Nacional de Toxicología (INT) de Sevilla, analizando la documentación remitida por la empresa sobre emisiones sometidas a la AAU y al Plan de Vigilancia y Control Ambiental (PVA), realizada por una empresa de ingeniería, ha determinado que en emisiones difusas y en los tres únicos puntos de control establecidos, se superaron los límites en partículas sedimentables (PSD) en abril y mayo de 2016 y en partículas en suspensión (PST) en julio y agosto.
En relación con la calidad del aire, también señala que se superaron los límites en partículas en febrero, marzo, junio, julio, septiembre y octubre 2016, además los valores medios de cobre, zinc y arsénico, hasta diez veces en relación a otras poblaciones.
Al respecto, aseguran que, especialmente, por los niveles de arsénico se vio afectada gravemente la calidad del aire en las poblaciones de la Dehesa con riesgo para la salud de sus habitantes. El arsénico cobre y zinc están incluidos como sustancias contaminantes en el reglamento y el arsénico con especial incidencia en niños y personas mayores así como quienes padezcan enfermedades respiratorias o cardiacas.
EXIGENCIAS DE LA AAU
Por su parte, la Consejería de Medio Ambiente exigió en dicha AAU, y para evitar riesgos a las poblaciones cercanas a la mina, una serie de medidas, como apantallamientos técnicos, humidificaciones, riegos de viales, puntos de muestreo y control de emisiones e inmisiones de partículas, tendentes a evitar los efectos del polvo en suspensión, emisiones de partículas y en general emisiones atmosféricas, derivado de las voladuras y transportes de material propios de la actividad minera centrada en al extracción de cobre.
No obstante, desde la Fiscalía consideran que por "la insuficiente o defectuosa ejecución" de dichas medidas y al menos durante los citados días la actividad minera provocó las citadas nubes de polvo.
Ante esta situación, la Delegación de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía pidió a la empresa la intensificación de las medidas contempladas en la AAU y la adopción de otras nuevas, ejecutando la compañía un apantallamiento técnico que finalizó en septiembre.
Igualmente y además de los captadores de partículas ya instalados, se instaló una unidad móvil de medición de calidad del aire entre el 29 de septiembre y el 2 de noviembre y entre el 18 de enero y el 21 de marzo de 2017.
Los datos de dicha unidad determinaron la superación puntual algunos días de los niveles máximos de algunos valores de emisión, coincidiendo con la intrusión de polvo africano y sin superar el número legalmente exigido de días/año.
A su vez, se establecieron nuevos puntos de control en Nerva y se constató una disminución de la afectación por polvo y partículas desde el cuarto trimestre de 2016. Del mismo modo, en inspecciones realizadas por agentes de medio ambiente en el mes de julio, se constató la formación de densas nubes de polvo y humo que llegaban incluso a impedir la visibilidad y el día 1 de octubre del pasado año se pudo comprobar que, ante un mayor humedecido de las zonas, reorganización del depósito de escombreras y reordenación del tráfico de volquetes realizado por la empresa, no había emisión de nubes de partículas.
Tras el análisis de todos los datos, se solicitó a la empresa nueva medida consistente en cubrir por completo la zona de stock de gruesos para minimizar aun más el ruido y el polvo, y se incoó, y está en fase de contestación, una propuesta de sanción pecuniaria con un expediente sancionador por incumplimientos del condicionado de la AAU.
De igual forma, por el Departamento de Minas y ante las denuncias ciudadanas, el 1 de septiembre de 2016 se realizaron inspecciones, constatando las nubes de polvo que afectaban a las poblaciones cercanas y la insuficiencia de las medidas adoptadas por la empresa en esas fechas pese a su general cumplimiento.
PROPUESTA A SANCIÓN
Por ello, se dictó una resolución en septiembre de 2016 donde se pidieron a la empresa las medidas necesarias de prevención para evitar el polvo en suspensión, y se inició un expediente sancionador en el que se propone sanción de 105.000 euros por infracción grave, consistente en esencia en que las operaciones de carga y vertido de estériles en la zona de la 'Escombrera Sur', dan lugar a grandes nubes de polvo e incumplen el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera y las instrucciones técnicas complementarias.
Por todo ello, la Fiscalía ha solicitado la práctica de diligencias como la declaración de los denunciados en calidad de investigados por los hechos y delito reseñados.
A su vez, ha informado de la incoación de la causa penal a la Administración competente --la Delegación de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Huelva y el Departamento de Minas-- a los efectos de que suspendan los expedientes sancionadores en trámite sin perjuicio de que mantengan o adopten las medidas pertinentes dentro de sus competencias para la protección de la salud de las personas y el medio ambiente, y pide el estado actual de los citados expedientes, nuevos informes técnicos en relación con las mediciones realizadas desde marzo de 2017 y el resultado en su caso de nuevas inspecciones de agentes de medio ambiente en el lugar de los hechos.
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