Un juez de Almería ha condenado a 21 meses de prisión y dos meses de trabajos en beneficio de la comunidad a un mujer de 37 años por insultar y agredir en "numerosas" ocasiones al hijo de seis años de su pareja sentimental con el que convivía y a quien llegó a causar quemaduras en diversas partes del cuerpo con "un cuchillo calentado al fuego".
El comportamiento de F.A., quien reconoció en el acto de juicio los hechos, provocó que el menor "viviese en un estado de violencia permanente, ya que las agresiones e insultos se producían por cualquier motivo", hasta que su madre, cuando ya tenía 11 años, interpuso una denuncia contra ella al verle una quemadura en el pie derecho mientras que se estaba bañando.
El Juzgado de lo Penal 2 de Almería condena en firme a la mujer a la pena de un año y nueve meses de prisión como autora de un delito de violencia habitual con la agravante de ámbito familiar y de dos delitos de maltrato habitual en el ámbito familiar, por los que les impone sendas penas de 31 días de trabajos en beneficio de la comunidad.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, recoge que en 2010 el padre del menor, con quien está casada la acusada, consiguió la guardia y custodia de su hijo, que entonces tenía cuatro años.
A partir de ese momento, y aprovechando las ausencias del domicilio de su esposo, F.A. agredió e insultó en numerosas ocasiones al niño, golpeándolo en una ocasión con un trozo de goma de butano.
Cuando el menor tenía seis años, la acusada le mordió en el muslo y calentó un cuchillo en el fuego que, a continuación, acercó a "los dedos de la mano derecha hasta causarle quemaduras de tercer grado".
Fue la maestra del niño la que, al observar las lesiones, lo llevó hasta un centro médico, donde comprobaron que, al margen de la quemadura, presentaba hematomas en el glúteo y en el muslo de los que tardó en curar diez días.
En noviembre de 2015, F.A. calentó de nuevo un cuchillo al fuego y, tras quitarle al menor la zapatilla, se lo "acercó a la planta del pie derecho, provocándole una quemadura en el mismo".
El fallo recoge que fue la madre del menor, cuando lo estaba bañando, quien vio la quemadura y decidió trasladarlo hasta un centro médico, en el que certificaron que tenía una ampolla con reacción histamínica en el arco plantal de la que tardó en curar diez días.
El Juzgado de lo Penal 2 prohíbe a la mujer acercarse a la víctima por periodo de ocho años a menos de 500 metros y la condena al pago de una indemnización de 700 euros si bien acuerda la suspensión de la condena por un plazo de tres años a condición de que no delinca en ese periodo de tiempo.
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