La juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela ha dictado un auto en el que abre juicio oral contra el expresidente de Abengoa Felipe Benjumea, su exconsejero delegado Manuel Sánchez Ortega y otros tres antiguos consejeros a los que atribuye un delito de administración desleal por las millonarias indemnizaciones recibidas por los dos primeros altos cargos poco antes de que la compañía presentara el preconcurso de acreedores.
Los otros tres procesados son los exconsejeros Mercedes Gracia, Alicia Velarde y Antonio Fornielles, que estuvieron presentes en la reunión de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones donde se acordaron los pagos. El fiscal pide para todos ellos entre tres y cinco años de prisión.
La juez instructora ordena en este auto dado a conocer este jueves que los cinco acusados presten fianza en el plazo de 24 horas para asegurar las responsabilidades pecuniarias. No obstante, en un segundo auto de corrección, Lamela concreta las cantidades a aportar.
En este sentido, Benjumea, Gracia Diez, Velarde y Fornieles deberán pagar por responsabilidad civil, de forma conjunta y solidaria, un total de 3.429.200 euros, cantidad que resulta de restar la fianza de 14.929.200 euros que se le impone al expresidente de la empresa la cantidad ya afianzada por éste, es decir, 11.500.000 euros.
En cuanto a Sánchez Ortega, la magistrada le ordena a consignar, de forma individual, 1.329.200 euros. En este caso, es la diferencia entre la fianza de 5.829.200 euros que se le impone y los 4.500.00 euros que ya ha pagado a lo largo del procedimiento.
PETICIÓN DE LA FISCALÍA Y AFECTADOS
La Fiscalía de la Audiencia Nacional solicita cinco años de cárcel y multa de 90.000 euros para el expresidente de Abengoa Felipe Benjumea y cuatro años y tres meses más una multa de 72.000 euros para su exconsejero delegado Manuel Sánchez Ortega.
El fiscal José Perals pide para los otros tres años tres exconsejeros de la compañía, Mercedes Gracia, Alicia Velarde y Antonio Fornielles tres años y medio de cárcel y el pago de una multa de 36.000 euros.
Petición similar de prisión hace la Plataforma de Perjudicados por Abengoa. No obstante, pide para cada uno de ellos el doble de multa a pagar. Es decir, para Benjumea interesa 180.000 euros; para Sánchez Ortega 144.000 euros; y para los tres exconsejeros 72.000 euros.
INDEMNIZACIONES NO CONTEMPLADAS
Lamela concluyó la instrucción de la causa el pasado mes de enero contra los cinco exdirectivos de Abengoa por la aprobación de las indemnizaciones millonarias recibidas por Benjumea y su 'número dos' poco antes de que la compañía presentara el preconcurso de acreedores.
La magistrada precisó en este auto que en el año 2015, cuando se formalizó su salida de la entidad se aprobaron unos pagos por cese anticipado de 4.484.000 euros, en el caso de Sánchez Ortega y de 11.484.000 para Benjumea, unas indemnizaciones que no estaba contemplada "en contratos anteriores y tampoco era preceptivo que se incluyeran en los nuevos contratos mercantiles".
En el auto de enero de Lamela destacó que las cantidades se abonaron en un momento en el que la empresa ya atravesaba problemas económicos por lo que las compensaciones económicas "no parecen acordes con los resultados empresariales de la sociedad".
Concluyó además que se trató de que Benjumea recibiera una cantidad de dinero "extremadamente importante" a pesar de la mala situación y le fueran respetados el máxime de derechos dentro de la sociedad como sueldo base, medios materiales, cotizaciones y seguros.
NINGUNA DESVINCULACIÓN
La magistrada consideró que ni Sánchez Ortega ni Benjumea se desvincularon de Abengoa y para ello hizo constar que Sánchez Ortega renunció a sus cargos en mayo y un mes después firmó un contrato de prestación de servicios por el que seguiría cobrando, durante el periodo de transición, la remuneración que le correspondería como consejero delegado.
En el caso de Benjumea, en la misma reunión en que se le cesa como presidente, fue nombrado consejero dominical y presidente no ejecutivo del Consejo de Administración, por lo que cobraría una retribución bruta de 1.086.000 euros anual y mantendría su cotización a la Seguridad Social.
La juez se basó en este vínculo de ambos con la entidad para concluir que no les correspondía dicha indemnización que se les otorgó en concepto de "confidencialidad postcontractual" puesto que la relación contractual con Abengoa "no se había extinguido".
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