La empresa adjudicataria de la explotación del yacimiento minero de Aznalcóllar (Sevilla) tiene la obligación de suscribir un contrato con un organismo de control autorizado en medio ambiente o asesoría técnica medioambiental externa a la empresa, para el control y vigilancia del cumplimiento de las medidas propuestas en el estudio de impacto ambiental y plan de restauración.
Según ha indicado el consejero de Empleo, Empresa y Comercio, José Sánchez Maldonado, en una respuesta a una pregunta escrita formulada por Podemos, relativa al impacto de la mina de Aznalcóllar en Doñana, la Junta indica que, a fecha de hoy, está ya aprobado el plan de restauración del plan de investigación mediante resolución del 3 de junio de 2016, se está ejecutando el citado plan conforme al proyecto.
De esta forma, "llegado el momento, la entidad titular de los derechos mineros solicitará la autorización de las actuaciones necesarias para inicio de la explotación, para la que será necesaria la tramitación ambiental correspondiente y la presentación de las garantías financieras establecidas en la normativa en concepto de restauración".
En la respuesta escrita, el consejero recuerda que Aznalcóllar "posee una especial significación ecológica, no solo por su historia sino también por la presencia en su entorno de importantes espacios de interés natural", por lo que la Junta "ha adoptado todo tipo de medidas preventivas para la reanudación de las actividades extractivas en esta mina, con el objetivo de aprovechar el potencial de los recursos existentes para que se gestionen en beneficio de los ciudadanos desde los parámetros de máxima seguridad y garantías medioambientales".
Han precisado que "una de las finalidades de la reapertura de la mina, además de la creación de empleo tan necesario en la comarca y el aprovechamiento de los recursos existentes, es la obligatoria mejora ambiental del recinto minero por parte de la adjudicataria, puesto que una vez finalizada la explotación del mineral, esta quedará restaurada e integrada en el medio natural, evitándose así el coste derivado de la gestión continua de los pasivos ambientales actuales por parte de la Administración autonómica".
La Junta ha recordado que para poder realizar todo aquello, "el Parlamento de Andalucía aprobó por unanimidad el 17 de julio de 2013 la Proposición no de ley relativa a la reapertura de la mina de Aznalcóllar, en la que instaba al Consejo de Gobierno a 'articular los procedimientos administrativos necesarios para la vuelta a la explotación de la mina que operaba la multinacional Boliden en Aznalcóllar, entendiendo que la riqueza que posee Andalucía en este sector debe ser aprovechada, máxime, en la actual coyuntura económica'".
De esta forma, en respuesta a esta proposición no de ley, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía aprobó una serie de normas por las que se articulan los procedimientos necesarios para la reapertura de la mina de Aznalcóllar y la adjudicación de su explotación conforme a un procedimiento de concurrencia competitiva que se tradujo finalmente en la Resolución de 13 de enero de 2014 de la Dirección General de Industria, Energía y Minas por la que se convocaba concurso público para la adjudicación de las actividades extractivas de explotación de recursos existentes en la reserva minera de Aznalcóllar.
La Consejería ha recordado que este concurso minero, que tenía por objeto "adjudicar la preferencia en las actividades extractivas de explotación en Aznalcóllar", se rigió por los principios de "igualdad, transparencia, concurrencia, objetividad y sostenibilidad medioambiental".
TRABAJO CONJUNTO
Además, en dicha resolución de fecha 13 de enero, se aprobaron las bases que rigieron el concurso público. En ella se estableció, entre otras, la constitución de la mesa del concurso, órgano conformada, además de por el titular de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, un letrado, un interventor y representantes de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por personal de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
Del mismo modo, en las bases se estableció que la Comisión Técnica designada por la mesa para el análisis de la documentación, valoración y propuesta de adjudicación, "debía incluir al menos un funcionario en el ámbito del medio ambiente, además de las correspondientes del ámbito de la minería, del económico financiero".
Para conseguir estos fines, generación de empleo y riqueza y minimización de riesgos ambientales, todo el procedimiento de concurrencia competitiva se llevó a cabo "mediante un trabajo conjunto de las consejerías competentes en el ámbito del medio ambiente y la minería, tanto en la elaboración de los documentos normativos y de tramitación administrativa como en el proceso de selección de la empresa y proyecto más adecuado".
Este sistema, según indica el consejero, "permitió a la Junta elegir el proyecto que mejor cumpliera las exigencias de seguridad, de viabilidad técnica, económica y medioambiental, al mismo tiempo que se agilizaba la tramitación administrativa y ofrecía total seguridad y transparencia en el proceso de adjudicación".
Ha recordado que el pliego de prescripciones técnicas particulares, "prestaba especial atención a los aspectos ambientales más importantes, como son los pasivos ambientales que la Junta de Andalucía venía ejecutando en cumplimiento del 'Plan de adecuación ambiental de las labores de desmantelamiento y restauración final de las instalaciones de la minas de Aznalcóllar. Año 2001'".
PRESCRIPCIONES DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO
Además, según recuerda Maldonado, "incluía una serie de prescripciones de obligado cumplimiento a asumir por el adjudicatario del concurso minero", entre las cuales destacan "la obligación de contar con un plan de emergencia tanto interior como exterior del complejo, la obligación de contar con las autorizaciones ambientales que procedan y la obligación de suscribir un contrato con un organismo de control autorizado en medio ambiente o asesoría técnica medioambiental externa a la empresa, para el control y vigilancia del cumplimiento de las medidas propuestas en el estudio de impacto ambiental y plan de restauración".
Ha precisado que uno de los condicionantes técnicos más importantes establecidos en el pliego "exigía la aplicación de las tecnologías más innovadoras para hacer realidad un proyecto minero de estas características", de forma que "el diseño del complejo minero no podría incluir la construcción de un depósito de lodos o 'taillings', ni de un acumulo de residuos líquidos tóxicos que pudieran producir un vertido contaminante".
El consejero ha precisado que "la aplicación de la más alta tecnología permite en la actualidad, a partir del residuo generado por la planta de beneficio, la fabricación de pasta cementada que puede ser bombeada hasta los huecos y cámaras generadas en la operación minera. De este modo se evitan los ya mencionados depósitos de 'taillings' y a la vez se aumenta la seguridad en los trabajos, la estabilidad de la infraestructura minera y la viabilidad medioambiental del proyecto".
La resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas 25 de febrero de 2015 seleccionó a la agrupación empresarial México-Minorbis como adjudicataria de las actividades extractivas de explotación de los recursos existentes en la zona de Aznalcóllar.
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