La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha confirmado la responsabilidad de la Consejería de Agricultura de la Junta de Andalucía en la fijación de los precios de la uva y el mosto de Jerez entre abril de 1991 y marzo de 2009.
En una sentencia hecha pública este jueves, el alto tribunal considera así ajustada a derecho la resolución del año 2011 en el que la Comisión Nacional de la Competencia que declaró a la Administración andaluza responsable de una infracción de la Ley de Defensa de la Competencia y del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea por haber llevado a cabo una práctica concertada para fijar los precios.
La sentencia estima así el recurso interpuesto por la Administración del Estado y anula la sentencia de la Audiencia Nacional que en 2013 eximió de responsabilidad a la Junta de Andalucía asumiendo, como defendía ésta en su recurso, que la Consejería no era responsable de una infracción de las normas sobre competencia ya que "intervino en ejercicio de sus potestades públicas y no como operador económico, único caso en que podría considerársele infractor de dicha reglamentación".
El alto tribunal entiende, sin embargo, que la sujeción al derecho de la competencia viene determinada "no tanto por la naturaleza pública o privada de la entidad o institución, ni por las características externas de la actuación o la forma que ésta adopte, sino por la capacidad de dicha conducta para incidir en el mercado y restringir la competencia".
Tras ello, señala que es "indudable" que en este caso la actuación de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía desempeñó "un papel relevante en la distorsión del mercado y la perturbación de la competencia".
Respalda así los términos que describe la resolución de la Comisión Nacional de la Competencia, que atribuyó a la Administración autonómica "un papel activo en la organización y vigilancia de la adecuada ejecución del acuerdo de fijación de precios de la uva y mosto de Jerez entre determinados productores y bodegueros".
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