Andalucía

El TSJA acuerda continuar el procedimiento contra Alonso

Mientras que ha archivado la causa contra Guerrero por no ser los hechos investigados constitutivos de delito

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El magistrado instructor de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha acordado continuar las diligencias previas contra el exconsejero de Educación, Cultura y Deporte Luciano Alonso por el nombramiento de Luis Guerrero Jiménez como director del Centro Andaluz del Flamenco (CAF), mientras que ha archivado la causa contra Guerrero por no ser los hechos investigados constitutivos de delito.

En un auto fechado el 2 de junio, al que ha tenido acceso Europa Press, el magistrado instructor, Miguel Pasquau, dice que en el caso del exconsejero "resta aún examinar su posible responsabilidad como autor de un delito de prevaricación administrativa", para lo cual considera "necesario" esperar al resultado de la diligencia de investigación acordada el 23 de mayo, como es la ampliación de un informe por parte de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública.

De igual modo, también ve "necesario" esperar a otras diligencias que acuerda en este mismo auto, donde solicita a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Cultura un informe sobre la persona designada como director de Industrias Creativas y del Libro entre el 5 de mayo de 2012 y el 17 de junio de 2015, y sobre la persona designada como director de la Filmoteca de Andalucía con fecha 10 de septiembre de 2013, "acompañándose cuanta documentación obre sobre dicho nombramiento (propuesta, en su caso, de órganos inferiores, aceptación y toma de posesión)".

En relación a Luis Guerrero, el magistrado concluye que "cobró un sueldo con cargo a los presupuestos de la Junta de Andalucía mediante la atribución de un puesto de trabajo con contenido prestacional real, y que la actividad efectivamente desplegada no puede considerarse ajena a la función pública".

En este sentido, señala que "el hecho de que el contenido concreto de las funciones por las que se le retribuyó no sean las propias del puesto para el que fue nombrado puede, acaso, denotar una ilegalidad en el nombramiento (lo que se valorará en otro momento), pero no desde luego un delito de malversación del que Guerrero resulte responsable o beneficiario".

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