El expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán presentará la próxima semana un recurso de apelación al auto de procedimiento abreviado por el que el juez de refuerzo que instruye el caso de los ERE le atribuye un presunto delito continuado de prevaricación y un delito continuado de malversación de caudales públicos, según ha explicado este jueves su abogado, Jose María Mohedano.
En una entrevista en Onda Cero, recogida por Europa Press, Mohedano ha dicho que el auto ha supuesto "un mazazo" y "un disgusto" para el exdirigente andaluz y que tanto a éste como al letrado les ha "sorprendido" porque "no está sustentado en ningún fundamento ni en ningún razonamiento diferente" a lo mantenido por el Supremo y porque se da la circunstancia de que el tribunal que realmente instruyó el asunto fue el Supremo, que "descartó expresamente el delito de malversación".
El alto tribunal dijo que "no había ningún indicio para poder tener la más mínima sospecha de que hubiera incurrido en ese delito", mientras que ahora el auto del juez de Sevilla, "que no ha ido precedido de una investigación nueva", sí ve malversación, ha expuesto el abogado.
La defensa del expresidente ha dicho "no perder la esperanza" de que la Justicia se pueda "restablecer" en las próximas fases judiciales. Así, ha dicho que ese recurso se hará "con todo el interés y esperanza de que se pueda restablecer al menos en el delito de malversación, del que no se señala nada de que él se favoreciera o favoreciera a terceros y menos cuál es la cantidad de esa malversación". "No se dice nada porque no existe", ha añadido.
Mohedano ha defendido que comparte con Griñán que "las únicas irregularidades que se podrían haber producido, pero cuya relevancia no está en los tribunales determinarlo, estarían en la concesión de algunas adjudicaciones", situación que "no corresponde ni a la Consejería de Hacienda ni al presidente sino que se solventaba directamente por la propia Consejería".
El letrado ha puesto como ejemplo las adjudicaciones de Acuamed: "Imagínense que se imputara a la vicepresidente del Gobierno, al presidente del Gobierno o al ministro. Esto es imposible porque ellos no son los que fiscalizan la adjudicación de contratos o subvenciones; pues lo mismo ocurre en las comunidades autónomas".
"Si esas irregularidades se han producido, se han dado en un ámbito que no era el de Chaves o el de Griñán, independientemente de su relevancia penal y aunque la tuviera, se producen en un ámbito que no es el del ministro, el consejero o el presidente", ha defendido el abogado que también ha comparado la situación con la de la exalcaldesa de Jerez María José García Pelayo, que ha sido exculpada por el Supremo al considerar que no sabía lo que firmaba.
"Ese auto está clarísimo, dice que ella firmó y adjudicó contratos sobre los que no existían expedientes y que no tenía por qué conocer el alcance de lo que firmaba", ha expuesto el letrado, que ha afeado que, sin embargo, a su defendido, se le atribuya indiciariamente que tenía que conocer algo que no estaba en el ámbito de su competencia. "No se puede aplicar una doctrina penal a unos y otra doctrina penal a otros", ha subrayado.
Así las cosas, ha concluido señalando que confía en que si el caso de Griñán acabara en el Supremo, éste mantuviera su criterio pero también ha previsto que se pueda resolver en las instancias anteriores.
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