La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha dictado una sentencia por la que condena a penas de diez años de cárcel al hombre, de unos 55 años, acusado de secuestrar y herir a su exmujer e hija, después de que ella había comenzado otra relación con un varón y él había sido condenado días antes por amenazas en el ámbito familiar y una falta de vejaciones.
Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el varón ha sido condenado a cinco años y un día de cárcel por los delitos de quebrantamiento de medida cautelar, detención ilegal sufrida por la expareja, delitos de lesiones en el ámbito familiar y contra la integridad moral.
Igualmente, los magistrados le imponen cuatro años de cárcel por el delito de detención ilegal cometido sobre su hija y un año de prisión y multa de 1.080 euros por un delito de descubrimiento y revelación de secretos, además de una orden de alejamiento sobre ambas de cinco años y una indemnización de 600 euros para su exmujer y 160 euros para la hija. Concurren en el acusado la atenuante analógica por "anomalía psíquica" y la agravante de parentesco.
En concreto, los jueces dan por probado que el procesado, "plenamente consciente" de que tenía una orden de alejamiento sobre su exesposa, de la que se halla divorciado, "estaba profundamente contrariado y resentido por el hecho de que ella hubiera iniciado una relación sentimental con un tercero", de manera que, "desoyendo las prohibiciones que sobre él pesaban, concibió el propósito de llegar hasta ella para inmovilizarla o retenerla con el fin de descargar sobre ella su ira y su prepotencia y forzarla, para que le relatase los pormenores íntimos de su nueva relación de pareja".
No obstante, sabía que ella "jamás acudiría por propia voluntad a ninguna cita que él le propusiera, ni atendería tampoco las llamadas provenientes de su teléfono particular", por lo cual decidió "utilizar como señuelo" a la hija común mayor de edad.
A tal efecto, el acusado supuestamente comenzó a "apremiar de modo insistente durante varios días" a su hija para que acudiera al domicilio de él, en la capital cordobesa, con "el falso pretexto de que había de recoger unos álbumes de fotografías familiares de las que el acusado se quería desprender porque le traían recuerdos tristes".
Así las cosas, y sobre las 17,00 horas del 15 de marzo de 2015, la hija acudió "confiada" al domicilio "dispuesta a recoger las citadas fotografías". Tras abrir la puerta de la vivienda, el procesado pidió a su hija que accediese a una habitación de la planta superior donde supuestamente debían encontrarse los álbumes de fotos.
Sin embargo, tras entrar en la estancia, el acusado "esgrimió inopinadamente contra ella un cuchillo de cocina que tenía preparado sobre la mesa, oculto debajo de una carpeta", con el cual "apuntó hacia el cuello de su hija", al tiempo que le decía que se tranquilizase, que no le iba a pasar nada, que lo único que quería era "hablar de todo lo que antes no habían hablado".
Acto seguido, la empujó sobre una cama, quedando la joven boca abajo, le colocó entonces "las manos a la espalda y ató sus muñecas con cordones de zapatos que llevaba en los bolsillos". A continuación, recoge la sentencia, "introdujo en la boca de su hija un calcetín, que sujetó con un pañuelo que anudó a la nuca".
"MANIATADA Y AMORDAZADA"
De este modo, cuando ya se encontraba "maniatada y amordazada", su padre la incorporó y la sentó en una silla, "ató sus tobillos y la sujetó a su respaldo haciendo uso de un cinturón". Una vez "inmovilizada y enmudecida" la joven, su padre cogió su teléfono móvil y le exigió que le facilitase su número PIN, cosa que hizo "inmediatamente".
Una vez accionado el terminal, el acusado llamó a su exmujer, quien la atendió al ver aparecer en pantalla el nombre de su hija, aunque le contestó él diciéndole que se fuera para la casa y no dijera "nada a nadie, si no tu hija lo va a pasar mal", según los jueces, que detallan que la mujer escuchó también "sollozar" a la hija y "se alarmó en extremo".
Así, "presa de la angustia", inmediatamente se puso en camino del domicilio del acusado, que esperaba "consumido por la impaciencia", hasta el punto de que hizo una segunda llamada, esta vez desde su teléfono, con objeto de "apremiarla para que se apresurara".
Cuando al cabo de 15 ó 20 minutos la mujer se presentó en el domicilio Llamando con premura a la puerta, bajó el procesado a abrirle y dejó a su hija "con la cabeza cubierta por un gorro". Al franquearle la puerta, la mujer preguntó por su hija, si bien el hombre supuestamente la empujó, al tiempo que le conminaba a que subiese las escaleras.
Al llegar a la habitación, vio a su hija "amordazada, inmovilizada y sin visión", tras lo cual el acusado, "blandiendo el cuchillo y dando un empujón a su mujer para tumbarla boca abajo sobre la cama, aprovechó para maniatarla a la espalda con una corbata", a lo que ella, "atemorizada", no opuso resistencia, pues le repetía "una y otra vez que permaneciera quieta si no quería que su hija lo pasara mal".
Por tanto, ya a su merced, el procesado sentó a su exmujer sobre un baúl e "introdujo en su boca una bola de papel que sujetó con un pañuelo o corbata anudados por detrás de la nuca, atándole los tobillos y cubriendo sus ojos con una prenda".
Sentadas madre e hija frente a frente, el acusado se sentó en la cama, "cuchillo en mano", y presuntamente le pidió a la mujer que le contara a la hija "la verdad de la relación" que tenía con su pareja. Acto seguido, supuestamente "sometió a su exmujer a un iracundo interrogatorio con la única finalidad de descubrir intimidades de índole sexual que ésta mantenía con su nuevo compañero sentimental y de esta manera avergonzarla delante de la hija".
"ENÉRGICOS PUÑETAZOS"
Cada vez que ella "balbuceaba respuestas, por estar amordazada, que no satisfacían al acusado, o simplemente negaba con la cabeza las recriminaciones que éste le hacía", le propinaba "enérgicos puñetazos" sobre su frente y cara, así hasta cinco o seis veces, "hasta el punto de hacerle manar sangre con motivo de alguno de ellos".
Sin embargo, "no satisfecho con ello", supuestamente cogió el móvil de ella para "conseguir más información, esto es, un más detallado conocimiento de la relación íntima que su exmujer había entablado". Y así, "con ese afán", el acusado se hizo con el bolso de ésta, donde estaba el móvil.
Posteriormente, "comenzó a leer en voz alta los mensajes", y "cada vez que descubría uno que le contrariaba, descargaba su ira sobre ella con un golpe, manotazo o puñetazo sobre su cara". Ante "las insistentes súplicas de la hija", que le aseguró que "a partir de esa experiencia iban a mostrarse más respetuosas y que no pensaban denunciarlo", el varón "satisfecho por haber llevado a término su plan" las liberó.
Si bien, cuando trataba de cortar con el cuchillo el cordón que aprisionaba los tobillos de su expareja, y cuyo nudo se resistía a ser desatado, "aprovechó para pinchar deliberadamente con la punta del cuchillo su pierna", por lo que ésta "emitió un grito de dolor".
De este modo, "fingiendo haber experimentado un radical cambio de actitud y sumisión al acusado", abandonaron con la mayor premura el domicilio y minutos después avisaron a la Policía Nacional, que detuvo a los pocos instantes al procesado.
Cabe apuntar que el acusado fue condenado por sentencia del Juzgado de lo Penal número 5 de Córdoba unos 12 días antes de los hechos, como autor de un delito de amenazas en el ámbito familiar y una falta de vejaciones, hechos cometidos contra su exmujer. La acusación pedía penas de 19 años de prisión, multa de 3.240 euros y orden de alejamiento de seis años; la Fiscalía, 17 años de cárcel, y la defensa, la absolución.
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