Sevilla

Concesionario pagará 1.500 euros por avería en coche con 2.000 kilómetros

Un juzgado ha condenado a la empresa Ford Ferri Móvil SA a pagar los 1.561,71 euros que costó la reparación del embrague de un vehículo que había costado 22.681,30 euros y que sufrió la avería poco después de tres meses de comprarlo y cuando sólo tenía 2.067 kilómetros

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Un juzgado de Sevilla ha condenado a la empresa Ford Ferri Móvil SA a pagar los 1.561,71 euros que costó la reparación del embrague de un vehículo que había costado 22.681,30 euros y que sufrió la avería poco después de tres meses de comprarlo y cuando sólo tenía 2.067 kilómetros.

La sentencia del juzgado de primera instancia 14 de Sevilla, a la que ha tenido acceso Efe y contra la que no cabe recurso, condena a la empresa a pagar el dinero en un plazo de veinte días y le impone las costas del proceso.

El comprador adquirió el vehículo Ford Smax Lim Edition 2.0 TDCI el 8 de octubre de 2014 y la entidad vendedora le concedió una garantía comercial por tres meses o 2.000 kilómetros recorridos así como una garantía adicional hasta los doce meses.

El cliente pagó otros 440 euros para obtener una ampliación de la garantía durante cinco años, que cubría sin condiciones la sustitución de todos los componentes del vehículo y la mano de obra excepto por "uso no razonable del vehículo".

El día 23 de enero de 2015, cuando el demandante circulaba marcha atrás al haber entrado por error en una calle sin salida, notó un fuerte olor a quemado y observó que salía humo.

Al día siguiente no apreció nada extraño, pese a lo cual llamó al concesionario, donde le dijeron que llevase el vehículo el día 26, y cuando se dirigía al concesionario dejaron de entrar las marchas y tuvo que avisar al servicio de grúa.

La empresa comunicó al cliente que la reparación ascendía a 1.561,75 euros y que debía abonarlos él pues no se encontraba cubierta por la garantía dado que el embrague se había averiado por un mal uso.

La sentencia, sin embargo, considera que la empresa "no ha conseguido probar, incumbiéndole la carga de la prueba, la mala utilización del bien por el comprador".

Además, el juzgado afirma que "el vehículo no presentaba las características de calidad y prestaciones habituales que el comprador podía fundadamente esperar, de manera que no revestía desde un inicio las condiciones óptimas para cumplir el uso a que estaba destinado".

El abogado que ha defendido al usuario, Pedro Arnaiz García, ha resaltado que este caso "se trata una vez más del abuso de una multinacional con los consumidores, a los que obliga a demandar con los escasos medios económicos de que disponen frente a gigantes como Ford".

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