"Que debo calificar y califico el concurso de “Xerez Club Deportivo S.A.D.” como culpable, por las causas previstas en el arts. 164.2.1º y 165.1º LC, siendo afectado por la calificación D. Joaquín Morales Domínguez. Debo condenar y condeno a D. Joaquín Morales Domínguez a la inhabilitación para administrar los bienes ajenos, así como para representar o administrar a cualquier persona, durante un período de seis años, y a indemnizar los perjuicios ocasionados a la concursada, “Xerez Club Deportivo S.A.D.”, cuyo importe asciende a 2.061.402,75 euros. Debo absolver y absuelvo a “Luz Costa Inmuebles S.L.”, D. Antonio Fernández Monterrubio, D. Francisco Gil Silgado, “Castellana Business S.L.” y“Triana 95 S.A.”. Todo ello sin expresa condena en costas
Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, y remítase testimonio de la misma al Registro Público Concursal. Insértese en el libro de resoluciones definitivas y llévese a los autos testimonio en forma.
Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación, que resolverá la Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz, y deberá interponerse, ante este juzgado, en el plazo de veinte días desde su notificación, previa consignación del depósito para recurrir de 50 euros en la cuenta de consignaciones de este Juzgado, requisito sin el cual no se admitirá a trámite”.
Este es el fallo emitido por María Pilar Sebastián Benito, magistrado juez de Adscripción Territorial de Andalucía, actuando en sustitución del titular de los Juzgado de lo Mercantil número 1 de Cádiz, en relación al concurso de acreedores voluntario del Xerez Club Deportivo.
El concurso es culpable y tras la resolución judicial el único culpable es Joaquín Morales Domínguez, que deberá indemnizar aunque cabe el recurso, que obviamente ejercerá. Sonmuchas las cuestiones que se plantean, independientemente de si Morales Domínguez algún día pagará ese dinero ya que luego habrá que ver si hay declaración de insolvencia o no. Independientemente de ello, el dinero no iría a las arcas del Xerez Club Deportivo, Sociedad Anónima Deportiva, sino contra la masa del concurso. Es más ese dinero habría que abonarlo continuase o no el Xerez Club Deportivo compitiendo o incluso se disolviese ya que es una resolución contra la persona y no afecta a terceros componentes.
Esa es la realidad de la sentencia de un concurso que ha dejado libre de culpas al que fuese director general, Antonio Fernández Monterrubio, que, a través de su abogado, Manuel Hortas, ha mostrado “su satisfacción” porque se ha demostrado que “no es responsable”, aunque ha lamentado “el tiempo que ha pasado sometido a suposiciones” lo que ha terminado “manchando su nombre” y le ha “perjudicado en su desarrollo profesional”.
Igualmente destaca que “ha quedado claro” que “gestionó lo mejor que podía gestionar” y que la culpabilidad no obedecía a su “labor” sino a las maniobras de terceras personas.
Ahora habrá que esperar que llegue el recurso de Morales, aunque todo esto será algo al margen de lo que suceda con la realidad del Xerez Club Deportivo. Este es un tema que afecta a la masa del concurso y no al día a día de la entidad.
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