El instructor de la causa por los ERE fraudulentos en el Tribunal Supremo, Alberto Jorge Barreiro, ha rechazado decidir en este momento sobre el recuso en el que el exconsejero de Presidencia de la Junta de Andalucía y aún diputado Gaspar Zarrías solicitaba el archivo de la causa contra él, una petición que coincidió con la notificación de la exposición razonada por la que este magistrado le imputa formalmente el delito de prevaricación administrativa.
En su recurso Zarrías admitía que la Junta, "visto lo sucedido", pudo haber extremado "sus cautelas, prevenciones y controles", si bien más allá de esta realidad afirma que la Consejería de Presidencia que él presidía "no fue cómplice de las eventuales desviaciones de fondos que pudieron cometerse en la gestión de las ayudas".
La defensa de Zarrías, que ejerce el abogado Gonzalo Martínez-Fresneda, se basó en que el juez no había resuelto sobre este recurso antes de inculpar formalmente a su cliente para solicitar la paralización del suplicatorio que Jorge Barreiro ha acordado remitir al Congreso para poder seguirle investigando. El trámite sigue vigente porque Zarrías, pese a haber formalizado su renuncia al escaño, señala que ésta tiene efectos desde el próximo jueves, día 2.
En una providencia con fecha de 29 de junio, a la que ha tenido acceso Europa Press, el magistrado señala que "es claro que no procede decidir" ahora sobre la solicitud de archivo.
En primer lugar, porque el escrito llegó a la Sala, el 25 de junio de 2015 --explica el instructor de los ERE--, cuando ya había sido formalizada la exposición razonada pidiendo el suplicatorio del imputado.
"La decisión que se cruzó, obviamente, con la remisión del escrito de la parte a este Tribunal, por lo que era imposible que obtuviera una respuesta, toda vez que al acceder a la Secretaría estaba ya en plena tramitación la notificación de la exposición razonada a las partes y entregada al presidente de esta Sala", añade Jorge Barreiro.
De otra parte, aunque el escrito hubiera sido cursado en días precedentes, según el instructor tampoco podría entrar a resolver sobre el sobreseimiento, "pues para ello habría que entrar a examinar y resolver sobre la posible inculpación del imputado, decisión que no podía adoptar ni motivar el Instructor hasta que se tramitara y se concediera el suplicatorio por el Congreso de los Diputados".
Por ello, le recuerda a esta parte que "una vez se resuelva sobre el suplicatorio se acordará lo pertinente con arreglo a derecho", en alusión a la paralización de este trámite que todvaía está pendiente de ser resuelta por la Sala de Admisión del Tribunal Supremo.
La exposición del juez Jorge Bareriro, que contiene un pronunciamiento sobre indicios equivalente al auto por el que se da por finalizada una instrucción, viene a "desestimar tácitamente" la petición de archivo, según defendía Zarrías en un segundo escrito.
Por ello, la defensa se dirigió a la Sala de Admisión --que es la que debe tramitar el suplicatorio--, para comunicarle su intención de recurrir ante el tribunal que ve los recursos, integrado por los magistrados Andrés Martínez Arrieta, Julián Sánchez Melgar y José Ramón Soriano.
"Esta comunicación se efectúa a fin de que la Sala de Admisión, ante la evidencia de que la iniciativa del instructor no es firme y va a ser objeto de recurso, acuerde suspender su pronunciamiento hasta tanto la sala de recursos se pronuncie sobre dicha iniciativa", señalaba el abogado en un escrito que aún tiene que ser contestado.
Con esta maniobra, la defensa del exconsejero buscaba ganar tiempo en tanto en cuanto se tramita su renuncia al escaño, que aún no había sido formalizada, manteniendo así la causa en el Tribunal Supremo y evitando su envío al Juzgado de Instrucción número 6, donde el caso sigue siendo investigado por la juez Mercedes Alaya.
En su exposición motivada, el juez Jorge Barreiro realiza duras acusaciones contra el sistema establecido durante diezños, de 2000 a 2010 para conceder ayudas socio laborales a empresas y particulares por parte de la Junta de Andalucía.
El juez relata cómo el sistema legal de subvenciones se fue modificando para convertirse con el paso del tiempo en la figura de transferencias de financiación, con una ausencia del control propio de las subvenciones.
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