Esther Arroyo recibirá algo más de 330.000 euros de indemnización en conceptos de lesiones y lucro cesante por el accidente que sufrió en 2008 en la provincia de Cádiz, después de que la Sección Primera de la Audiencia Provincial haya reducido de 257.237 a 123.714 euros la indemnización que en concepto de lucro cesante debía recibir.
En la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial, que es firme y contra la que no cabe recurso y a la que ha tenido acceso Europa Press, se revoca parcialmente la sentencia del Juzgado de lo Penal número 2 de Cádiz en fecha de 30 de diciembre de 2014 tras el recurso interpuesto por la compañía aseguradora del condenado.
La Audiencia Provincial establece que la cantidad concedida en concepto de lucro cesante durante el periodo de incapacidad temporal a Esther Arroyo Bermúdez sea de 37.556,16 euros en lugar de los 87.912,62 euros concedidos por este concepto en la instancia.
Asimismo, la cantidad concedida en concepto de lucro cesante durante el periodo de incapacidad permanente de Esther Arroyo desciende a los 86.158,15 euros en lugar de los 169.325 euros concedidos en la instancia.
Para los magistrados que han resuelto el recurso, la cuantificación que se había hecho por el primer juez que resolvió el litigio es incorrecta, dado que excede lo que corresponde aplicando incluso las formulas más generosas que contempla la Ley y la doctrina establecida por el Tribunal Supremo.
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