Un juez de Sevilla ha condenado a un fotógrafo a indemnizar con 8.013 euros a una pareja de novios a la que no entregó el reportaje de su boda tras desaparecer las imágenes de su ordenador mientras trataba de realizar una copia de seguridad de dicho reportaje, según una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.
De este modo, el juez de Primera Instancia número 2 de Sevilla condena al fotógrafo a pagar los gastos que supondrán la repetición del reportaje previo a la boda "en lugares emblemáticos" de Sevilla, entre los que se encuentran los desembolsos para la preparación de la novia --400 euros para peinado y maquillaje y 150 euros para el ramo nupcial--.
Además, el magistrado condena al fotógrafo a pagar los gastos de desplazamiento de los novios desde su lugar de residencia en Nueva York --1.782 euros-- y los correspondientes al transporte de los trajes desde el lugar de Francia donde quedaron almacenados tras la boda, que ascienden a 81 euros.
La pareja, compuesta por Carlos y Charlotte, contrató con el condenado la realización de un reportaje fotográfico del día de su boda, celebrada el día 6 de julio de 2012 en Sevilla, que estaría conformado por un álbum digital y dos mini álbumes destinados a los padres de los novios, según publica este martes 'ABC'.
Sin embargo, el fotógrafo no hizo entrega de fotografía alguna porque, según alegó, habrían desaparecido de su ordenador mientras trataba de elaborar una copia de seguridad del reportaje. El precio pactado fue de 1.100 euros, del cual habían sido ya abonados por la pareja hasta 650 euros.
El fotógrafo argumentó que actuó diligentemente y que la falta de cumplimiento de lo comprometido fue algo fortuito, pero el juez pone de manifiesto que "no se aprecia que lo sucedido pueda considerarse caso fortuito".
LA CONDUCTA DEL FOTÓGRAFO NO FUE DILIGENTE
Y es que, "al margen de la existencia o no en el ordenador del profesional demandado de unas medidas protectoras contra virus informáticos que pudieran haber evitado el resultado, lo más relevante es la ausencia de explicación sobre la eliminación de los archivos obtenidos en la propia cámara fotográfica tras su volcado al disco duro del ordenador y antes de la obtención de una copia de seguridad".
"Es decir, no puede apreciarse como diligente la conducta" del fotógrafo "cuando la pérdida del reportaje se produce en el momento en que éste constaba en un solo soporte informático, con el consiguiente riesgo de pérdida ante un evento como el que se dice acaecido", sostiene el juez.
Además, añade que la pérdida de las fotografías "hubo de producir una grave aflicción o perturbación anímica en un momento tan señalado de la vida" de la pareja de novios que "merece la calificación de daño moral" al "exceder notoriamente de la mera molestia, enojo o momentáneo enfado".
EL REPORTAJE DE LA BODA SE REPETIRÁ
De igual modo, según el juez, "es innegable que las fotografías que puedan haberse realizado por algún familiar no suplen en modo alguno la ausencia del reportaje elaborado por el profesional contratado a tal efecto, que como consecuencia del encargo recibido" estaba llamado "a documentar para la posteridad todos los momentos relevantes del acontecimiento, a instancias de los propios contrayentes o de sus familiares próximos y amigos".
"En el presente caso, la indemnización resulta difícilmente evaluable, pero la solicitada, 5.600 euros, no puede tacharse ni de exagerada ni de insuficiente, por lo cual la demanda es íntegramente estimada, al ser procedente la adición a esa suma de los 2.413 euros correspondientes al perjuicio patrimonial por gastos que supondrá la repetición del reportaje previo a la boda en lugares emblemáticos de la ciudad", concluye.
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