La asociación conservacionista WWF ha valorado la sentencia del Tribunal Supremo (TS) hecha pública este lunes que anula los artículos del Plan Hidrológico del Guadalquivir relativos al proyecto de dragado de profundidad que impulsa la Autoridad Portuaria de Sevilla, señalando en este sentido que ve argumentos "de sobra" con este fallo para revocar la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de la iniciativa, cuya nulidad, asimismo, cree establecida 'de facto' con esta resolución judicial.
Según ha explicado a Europa Press el coordinador técnico de la Oficina de WWF en Doñana, Juan José Carmona, la sentencia tiene una "tremenda" importancia en tanto que el TS deja "bien a las claras" que hay que tener en cuenta los informes científicos y que el dragado es una actuación "negativa" para el estuario.
Al margen de la lectura del Supremo, para Carmona "hay mucho más de fondo" en la medida en que por ahora el dragado deja de ser una medida incluida en el Plan Hidrológico y con posibilidad de dañar el cauce fluvial, por lo que "tocará estudiar la sentencia con mucho detalle".
El colectivo ha abundado su valoración al precisar en una nota que el TS confirma los argumentos de WWF tras su recurso en 2013, concluyendo que el dragado "perjudicaría claramente al estuario y a Doñana y que va en contra de los objetivos de la Directiva Marco del Agua".
"Teniendo en cuenta que, como recuerda el Alto Tribunal, cualquier actuación sobre el Dominio Público Hidráulico debe incluirse en un Plan Hidrológico, esto supondría la nulidad del dragado de profundización", sostienen los ecologistas.
Añaden que el tribunal considera que el dragado no tiene cabida en el Plan Hidrológico porque contradice los objetivos de mantener en buen estado el Guadalquivir. El fallo, así, afirma que "los riesgos que comporta la actuación del dragado del canal, cuya necesidad no aparece explicada ni justificada en el plan, se ponen de manifiesto en la denominada propuesta metodológica para diagnosticar y pronosticar las consecuencias de las actuaciones humanas en el estuario del Guadalquivir", realizado por el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), que consta en el expediente administrativo, y en el dictamen de la comisión científica.
"QUE EL MINISTERIO DEJE LAS AMBIGÜEDADES Y DEFIENDA DOÑANA"
El Supremo "considera por tanto probadas las afecciones del dragado sobre el Guadalquivir y sobre Doñana" y recoge específicamente las conclusiones de la comisión científica que determinan que el dragado de profundización no puede hacerse en la situación actual y que es necesario que se ponga en marcha una gestión integral del estuario y se acometan actuaciones que permitan, entre otros, recuperar llanuras mareales, reconectar los brazos del río con el cauce principal, aumentar y mejorar los aportes de caudales de agua dulce y reducir el aporte de sedimentos, nutrientes y pesticidas desde la cuenca del Guadalquivir.
"Se recuerda igualmente la afirmación de los científicos de que en la situación actual el dragado de profundización se ha demostrado incompatible con la conservación del estuario, y por lo tanto de Doñana, recomendando que se desestime definitivamente el dragado de profundización y que de mantener la Autoridad Portuaria de Sevilla su voluntad de realizar dicho dragado inicie un nuevo procedimiento de evaluación de impacto ambiental una vez las condiciones en el estuario hayan mejorado", concluye WWF.
El secretario general de la asociación en España, Juan Carlos del Olmo, ha declarado que con esta sentencia del Tribunal Supremo "hay argumentos de sobra para que la ministra Isabel García Tejerina revoque la DIA del dragado del Guadalquivir", y ha agregado que reclaman al Ministerio que "deje las ambigüedades y defienda Doñana".
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