La Fiscalía Anticorrupción ha recurrido el auto en el que la juez de Sevilla Mercedes Alaya libró oficio al director general de la Policía, Ignacio Cosidó, para que este Cuerpo cesara "de inmediato" su investigación en torno a las irregularidades en los cursos de formación y, de esta manera, la investigación quedara en manos de la Guardia Civil.
En el recurso, al que ha tenido acceso Europa Press, el Ministerio Público asevera que, "compartiendo el criterio de la instructora de que no pueden existir dos investigaciones paralelas realizadas por ambos cuerpos, bajo el amparo de cese de investigaciones" de la Unidad de Delitos Económicos y Fiscales (UDEF) de la Policía acordada "no pueden encontrarse aquellas que legítimamente se encuentran en proceso de investigaciones en otros órganos competentes".
Así, y aunque ve "claro" que, en uso de sus legítimas potestades, la autoridad judicial "puede encomendar la investigación del objeto procesal a un determinado cuerpo y unidad especializada", pide no obstante a la juez que "complemente" el requerimiento dado al director de la Policía "en el sentido que solamente se extienda a aquellas investigaciones objeto del presente procedimiento y no a aquellas que se desarrollan en cada provincia bajo la suprema autoridad de los respectivos órganos judiciales".
En segundo lugar, solicita que, "sin perjuicio de las atribuciones que como instructora atañen a la juez y la facultad de encomendar a un determinado cuerpo y unidad la investigación, se exija igualmente la coordinación al debido nivel entre ambos cuerpos en lo que al objeto procesal de estas investigaciones se refiere y siempre en aras al buen fin de la investigación, tanto en las actuaciones ya practicadas como en las que pudieran realizarse en el futuro".
Anticorrupción recuerda que el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/86 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado dice que "los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad ajustarán su actuación al principio de cooperación recíproca y su coordinación se efectuará a través de los órganos que a tal efecto establece esta Ley", mientras que el artículo 12 "establece que las Fuerzas y Cuerpos están obligados a la cooperación recíproca en el desempeño de sus competencias respectivas".
De igual modo, recuerda que el artículo 34 dispone que "los funcionarios de las Unidades de Policía Judicial no podrán ser
removidos o apartados de la investigación concreta que se les hubiera
encomendado, hasta que finalice la misma o la fase del procedimiento judicial que la originara, si no es por decisión o con la autorización del Juez o Fiscal competente".
La Fiscalía, en este sentido, recuerda una sentencia del Tribunal Supremo para poner de manifiesto que "las discrepancias que puedan existir entre diversas instituciones del Estado, deberán encontrar sus vías de resolución a través de la comunicación fluida, honesta y completa, prevaleciendo finalmente, y en todo caso, el criterio de la autoridad judicial o del Ministerio Fiscal, según el supuesto de que se
trate".
"COOPERACIÓN RECÍPROCA"
De este modo, "la solución a la existencia de varios colectivos policiales que actúan en un mismo territorio con funciones similares y, al menos parcialmente comunes, obliga necesariamente a la cooperación recíproca y a su coordinación, siempre en un marco de lealtad que debe imponerse en un sistema constitucional como el nuestro".
En su recurso, de reforma y subsidiario de apelación ante la Audiencia Provincial, la Fiscalía relata que, "paralelamente" a la investigación que inició la juez sobre el fraude en los cursos de formación, "en meses anteriores se han venido desarrollando investigaciones" por parte de la Brigada Central de la UDEF en la denominada operación 'Edu', "donde se ponían de manifiesto igualmente irregularidades en la concesión, gestión y justificación de estos fondos".
Según la Fiscalía, estas diligencias, "en principio de la Fiscalía de Málaga", quedaron divididas en distintos procedimientos y turnadas y remitidas a fiscalías y juzgados de las provincias andaluzas bajo una serie de criterios, como es en primer lugar que "se trata de expedientes acordados por la delegaciones provinciales del Servicio Andaluz de Empleo (SAE)", por lo que "la sede del órgano concedente es un criterio de atribución competencial".
LA INVESTIGACIÓN A ÁNGEL OJEDA
Como segundo criterio, Anticorrupción alude al hecho de que "se trata de empresas con el domicilio social en las localidades de cada provincia y donde la actividad desarrollada en fomento de la acción subvencionable se ha llevado a cabo en estas localidades", añadiendo en este sentido que, "para el caso de falseamiento de las condiciones de la concesión de la subvención o aplicación de los fondos a actividades distintas, modalidades típicas del artículo 308 del Código Penal, es el segundo criterio que anuda un hecho y su calificación a un territorio".
La Fiscalía explica que, bajo estos criterios, se atribuyó competencia territorial a estos órganos judiciales "y en ellos es en los que continua la investigación la UDEF".
Al hilo de ello, dice que "es cierto que en el curso de las investigaciones aparecen irregularidades en la concesión de subvenciones" al exconsejero de Hacienda de la Junta Ángel Ojeda "y lo que se puede denominar su entramado societario y empresarial", pero recuerda que esta parte de la investigación ya fue remitida al juzgado de Mercedes Alaya debido a que ya investigaba estos hechos desde auto de 14 de mayo de 2014.
PUNTO "COINCIDENTE"
La Fiscalía pone de manifiesto que "estas diligencias a las que anteriormente se han hecho referencia e instruidas en distintos juzgados de la comunidad no pueden tener el mismo ámbito que las actuales, donde se investiga prevaricación, malversación y fraude de subvenciones en el seno de la Dirección General".
A su juicio, todas las diligencias referidas "pueden tener un punto coincidente, consistente en un grupo de subvenciones, que bajo el nexo común de la persona, ente o grupo beneficiado, pueda haber percibido subvenciones de distintos programas, unos de la Dirección General y otros de la Delegación Provincial", pero en este caso, y por criterio de conexidad del artículo 17.5 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, "se deberá atender a aquel órgano que investigue delito al que se le asigne pena mayor o en su caso al primero que abriera las diligencias".
"Es lo que ocurriría con el grupo de empresas de Ojeda, donde
parecen haber sido beneficiarios de subvenciones de distintos programas, y tanto de la Dirección General como de las Delegaciones Provinciales", apostilla la Fiscalía, que insiste en que "lo que queremos aclarar es que, compartiendo el criterio de la instructora de que no pueden existir dos investigaciones paralelas realizadas por ambos cuerpos, bajo el amparo de cese de investigaciones de la UDEF acordada no pueden encontrarse aquellas que legítimamente se encuentran en proceso de investigaciones en otros órganos competentes".
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