Verdemar Ecologistas en Acción ha remitido un comunicado en el que recuerda que los ayuntamientos están obligados al tratamiento de las aguas residuales y a proteger el medio ambiente y la salud pública, según la Ley 7/85 de 2 de abril de Bases de Régimen Local, articulo 25.2.
Los responsables de esta infracción son el alcalde y el concejal de medio ambiente de cada municipio denunciado, en cuanto que son las personas que ostentan las competencias sobre tratamiento de aguas residuales y protección del medio ambiente y la salud pública que corresponden a los municipios por la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local, artículos 21.1 y 25.2.
Critican que "el Ayuntamiento de La Línea es responsable los vertidos de aguas residuales que existen en los cauces públicos en los arroyos de los Charcones y Cañada Honda sin la más mínima depuración, de forma continua, dolosa; infringiendo la obligación que impone el Real Decreto Ley 11/1995, de 28 de diciembre y el Real Decreto 509/1996, de 15 de marzo, por los que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas. En cumplimiento de la Directiva europea 91/271/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1991, todos los municipios de más de 1.500 equivalentes habitante están obligados a depurar sus aguas residuales desde el 1 de enero de 2006, aunque tenga traspasadas la gestión de las aguas a la empresa mancomunada ARCGISA".
Verdemar deja claro que en la Línea de la Concepción existe un EDAR que funciona aceptablemente pero, hay vertidos que escapan a la red de saneamiento que venimos denunciando desde hace años.
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