El Bufete Ortiz Abogados ha informado de otras dos sentencias ganadas a Bankia en la provincia por el escándalo de las participaciones preferentes y obligaciones subordinadas.
En el primer caso, el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Cádiz ha condenado a la entidad bancaria a devolver 52.000 euros, a los hijos de un matrimonio de anciones de 80 y 82 años, ya fallecidos, que en su día suscribieron la compra de participaciones preferentes. Después de fallecer, sus sucesores aceptaron la herencia y se encontraron la desagradable sorpresa de que Bankia había comercializado a sus padres siendo ya muy mayores y en el caso de la madre además diagnosticada de alzheimer.
La comercial que les vendió las participaciones preferentes declaró en Sala que fue ella quien llamó al padre para ofrecerle las participaciones preferentes, ofreciéndole el producto como una especie de plazo fijo con un rendimiento del 7%, y sin poner de relieve los riesgos que el producto conllevaba, la posibilidad de pérdida de capital. Es más, la comercial declaró que fue ella quien rellenó el test de conveniencia con las mismas respuestas para todos los clientes.
La Sentencia estima la demanda y la nulidad del contrato de suscripción de preferentes por importe de 52.000 euros más los intereses y las costas del procedimiento.
Otro caso
Por otro lado, el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Cádiz ha dictado Sentencia estimando íntegramente la demanda de nulidad de contrato de compra de Obligaciones Subordinadas Bancaja Décima Edición, por vicio del consentimiento, condenando a BANKIA a devolver a la actora la cantidad de 30.000 euros más intereses y las costas del procedimiento. Entre el 6 de Abril y el 30 de Junio de 2009, que es el periodo de suscripción de la emisión de deuda subordinada Bancaja, el afectado, esposo de la demandante, suscribió las obligaciones subordinas falleciendo el en julio de ese año. Pese a haber sido requerido judicialmente, el banco no aportó el contrato de compra de dicho producto, ni los test de conveniencia debidamente firmados, por lo que se desconoce la fecha en la que le comercializaron las subordinadas.
Su esposa, con 74 años de edad, ama de casa y analfabeta no recuerda haber realizado ningún tipo de suscripción de obligaciones subordinadas ni de ningún otro producto financiero complejo, y adquirió por título de herencia estas subordinadas. Bankia no le dio opción para recuperar su dinero, en su lugar, le canjearon las obligaciones subordinadas por Acciones Bankia sin su consentimiento.
La Sentencia declara probado que eran clientes minoristas ahorradores, sin conocimientos de productos financieros complejos a los que no se les realizó ni el test de conveniencia ni de idoneidad, incumpliendo así el banco su obligación de asesoramiento e información puesto que se les ofertó un producto “del todo inadecuado a su perfil”.
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