Agentes del Cuerpo Nacional de Policía destinados en la a la Comisaría de La Línea de la Concepción procedieron a la detención de M. T. M., de 39 años, como presunto autor de un delito de simulación de delito al determinar que los hechos que narro en su denuncia eran totalmente falsos y que nunca tuvieron lugar.
Según la denuncia formulada el pasado 31 de marzo, mientras introducía en su vehículo unas bolsas procedentes de una hamburguesería, sita en el Pº Marítimo de esta ciudad, un individuo a bordo de un ciclomotor le sustrajo un bolso dándose rápidamente a la fuga en dirección a la c/ Cartagena. Este denunciante aclara que el bolso lo tenía sobre el techo del vehículo y que, dada la rapidez del hecho, no puede aportar datos identificativos. Los objetos sustraídos, además de varias tarjetas de crédito, se reducen a un teléfono móvil, marca Sony Xperia, que valora en 690 €.
Al apreciar algunas incoherencias en la denuncia, los agentes investigadores citan de nuevo en Comisaría al denunciante, el que, tras ser sometido a varias preguntas, reconoce ser falsa aquélla denuncia y que los objetos referidos los perdió, decidiéndose a interponer la misma con el fin de que el seguro le abonara el móvil.
En este estado su declaración, los funcionarios policiales proceden a su detención, quedando posteriormente en libertad con cargos al considerar el instructor del atestado que no ha de sustraerse a la acción judicial.
Comprobación de los hechos
El procedimiento a seguir una vez que la Policía Nacional recibe una denuncia es la comprobación de los hechos, así como la posterior investigación. En caso de ser veraz se encaminan las gestiones hacia la detención de los presuntos autores. Si los hechos denunciados son falsos se imputa, y en ocasiones se detiene, a los denunciantes, poniéndolos a disposición de la justicia. Además, hay que resaltar que estas falsas manifestaciones provocan que se inviertan recursos humanos y materiales en una falsedad, restando esa dedicación a la investigación de los ilícitos efectivamente cometidos sobre las víctimas reales.
Denunciar falsamente tiene consecuencias penales muy importantes
En relación a esta tipología delictiva la Policía Nacional advierte que en estos casos los falsos denunciantes no valoran las consecuencias que este tipo de acción conlleva, ya que incurren en un delito contra la Administración de Justicia tipificado en el Código Penal que les puede acarrear importantes consecuencias, incluso la detención y puesta a disposición Judicial. Se informa a los ciudadanos que cuando interponen una denuncia tienen la obligación de decir la verdad (Art. 433 L.E.Cr.), y la responsabilidad penal en la que puede incurrir en caso de acusar o imputar falsamente a una persona una infracción penal o con temerario desprecio hacía la verdad (Art. 456 C.P.), simular ser responsable o víctima de una infracción penal (Art. 457 C.P.), o faltar a la verdad en su testimonio (Art. 458 C.P.).
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