Andalucía

El abogado de dos exaltos cargos reclama a Alaya que eleve los ERE al Supremo pues \"ya no tiene competencia\"

El abogado asevera que, desde que la juez dictó los autos en los que preimputaba a siete aforados, \"ha habido tiempo suficiente para afrontar con calma el calendario de declaraciones

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El abogado de los exdirectores de Presupuestos de la Junta de Andalucía Antonio Vicente Lozano y Buenaventura Aguilera ha pedido a la juez Mercedes Alaya que "se abstenga" de intervenir en el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares y eleve "de forma inmediata" una exposición razonada al Tribunal Supremo (TS), pues entiende que "ya no tiene competencia" para actuar en esta causa, según un escrito consultado por Europa Press.

   Así se pronuncia el letrado de los dos exaltos cargos, José María Mohedano, en el recurso que ha elevado al Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla contra el auto en el que la magistraba decidió aplazar a abril la comparecencia de los peritos de la Intervención General del Estado a fin de que ampliaran su pericial e investigaran el conocimiento que pudiera haber tenido la Cámara de Cuentas de Andalucía sobre las "irregularidades" que se estaban produciendo.

   En un duro recurso, al que ha tenido acceso Europa Press, el abogado recuerda el auto en el que la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla advertía a la juez de que "podría haberse alcanzado el límite máximo de instrucción por el juez ordinario antes de elevarse la causa al juez competente en las causas por aforamiento", reclamándole por ello que "eleve de forma inmediata la exposición razonada" ante la Sala Segunda del Supremo "que ha anticipado desde hace tantos meses y en tantos pronunciamientos".

   El abogado asevera que, desde que la juez dictó los autos en los que preimputaba a siete aforados, entre ellos los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán, "ha habido tiempo suficiente para afrontar con calma el calendario de declaraciones y los informes que han llegado y, en cualquier caso, para haber reclamado a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil con toda urgencia los que faltaban por practicarse".

   "Efectivamente", ha habido "tiempo suficiente para poder culminar con dignidad el trabajo que hace ya tres años inició el autodenominado por la juez 'este equipo, ellos y yo, de unos pocos incansables'", aseverando que "no es el momento de extenderse sobre esta figura ajena a la Ley Orgánica del Poder Judicial, que sólo habla para el caso que nos ocupa de jueces de instrucción pero no de equipos de ningún género en la instrucción de una causa penal", dice Mohedano.

LOS RECURSOS, "EMBALSADOS DURANTE MESES EN EL JUZGADO"

   El abogado critica en el escrito que, en el caso ERE, "menudean no infrecuentemente señalamientos de declaraciones de imputados y de testigos que luego son suspendidos y retrasados, en algunos casos hasta en varias ocasiones, siendo la mayoría de ellos injustificados o inmotivados", mientras que en otras ocasiones "se retrasa la toma de declaración de los imputados durante 12 y más meses y en otros se comunica a las partes, o a alguna de ellas, el señalamiento de declaraciones que en realidad ya se han celebrado o que se van a celebrar al día siguiente".

   A ello se suma, según añade, que los recursos directos de apelación "quedan en un porcentaje muy importante de casos embalsados durante meses en el Juzgado y se eterniza su elevación a la Audiencia Provincial", mientras que la Fiscalía Anticorrupción "también ha reiterado al Juzgado en numerosos escritos sobre la tardanza y dilaciones que se producen en la instrucción de estas diligencias, señalando los riesgos que ello implica, de un lado, para la correcta investigación de los hechos así como por el transcurso de los términos de prescripción recogidos" en el Código Penal.

   "Debido a la tardanza y dilaciones en la instrucción de la causa se estarían produciendo en estas fechas la prescripción de algunos de los delitos, cuya determinación corresponde al propio Juzgado y no a las partes intervinientes en el proceso", mientras que "otro punto importante en el que se ponen de manifiesto las dilaciones indebidas que se están produciendo se refiere a los autos llamados --desde nuestro punto de vista indebidamente-- de preimputación de siete aforados", indica Mohedano.

RECHAZA UNA INVESTIGACIÓN "GLOBAL O UNIVERSAL"

   Y es que a su juicio "es llamativo y hasta asombroso que a ninguna de las siete personas aforadas interesadas se les ha notificados ni se las ha citado para notificarles dichos autos", de manera que "la dilación en la notificación a los interesados de estas importantes resoluciones pende y transcurre desde que se dictó la primera el 10 de septiembre de 2013, lo cual podría perfectamente corroborar la idea de quienes públicamente han escrito que, a la postre, la finalidad objetiva de estas resoluciones era para que sólo surtiera efectos ante los medios de comunicación".

   El abogado recuerda, en este punto, que "son múltiples las ocasiones en las que hemos podido leer en distintas resoluciones judiciales de esta causa, que determinadas demoras en la tramitación de esta instrucción son debidas a la complejidad y volumen de la causa", una cuestión "sobre la que ya en ocasiones se ha pronunciado el Tribunal Supremo en el sentido de que en ningún momento debe afectar a las partes personadas en el procedimiento", todo ello "siempre y cuando no sean las partes las que provoquen esas dilaciones indebidas, no siendo esta la circunstancia en estas diligencias previas".

   Asimismo, dice que, si en este caso "lo que se plantea es sostener un pretendido actuar ilegal por parte de los dos poderes propios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de todas las empresas dependientes de la Junta, y de otra multiplicidad de instituciones públicas y privadas, lo que en realidad se está abriendo es una investigación global o universal bajo la rechazable actuación prospectiva --para ver si se encuentra algún delito-- y bajo parámetros no de signo inquisitivo, sino de estructura inquisitorial". "Se trata de encontrar algún delito de los que ahora no existe ni el más mínimo indicio", agrega.

   Por ello, afirma, "no parece irrazonable convenir que si después de casi tres años de investigación policial y judicial, el único fundamento que se produce para abrir una inquisitio generalis --coloquialmente llamadas causas generales-- contra las distintas entidades de la Administración Pública andaluza" se basa en la existencia de "posibles irregularidades presupuestarias, sin que de tan dilatado e incansable periodo de investigación se haya podido detectar detrás de cada discutible anomalía administrativa ningún proceder delictivo, ya no tiene ningún sentido seguir alimentando un macroproceso".

   Todo ello "por mucho que los criminalizadores de todas las esferas de la vida pública y privada se empeñen en buscar rasgos penales en cualquier técnica presupuestaria o conducta política o administrativa, discutible, naturalmente solo cuando incurran en ella quienes están alineados en posiciones políticas adversas", concluye su escrito.

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