La Audiencia de Málaga ha condenado a dos años de prisión a un hombre por dar una puñalada a otro con el que tenía malas relaciones puesto que había sido anteriormente pareja de su novia. Además, se le impone la prohibición de aproximarse a la víctima a menos de 200 metros y a indemnizarla con 7.246 euros por las lesiones y las secuelas sufridas.
Los hechos sucedieron en diciembre de 2011. Según se declara probado en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el acusado, que llevaba consigo un cuchillo, se dirigió donde estaba la víctima con unos amigos, en una calle de la capital. El hombre se dio cuenta de la presencia del procesado y, como existían entre ellos malas relaciones, huyó del lugar.
No obstante, dice la resolución, el acusado salió corriendo tras este hombre y le dio alcance, momento en el que "le asestó una puñalada con el cuchillo en una zona interna del muslo", lo que le produjo una herida de la que curó en 70 días, de los que cuatro permaneció en el hospital, quedándole varias secuelas, como una cicatriz y diversas molestias.
Por estos hechos se condena al acusado por un delito de lesiones agravadas y no por homicidio en grado de tentativa, como pidieron tanto el fiscal como la acusación particular, en representación del perjudicado, ya que la Sala considera que no ha quedado plenamente probado que la intención del procesado fuera matar, pues en ese caso no hubiese dado una única puñalada y en esa zona del cuerpo.
Tampoco estima que hubo delito de amenazas, sino "más bien al contrario", pues fue el propio acusado el que se sintió amedrentado por la actitud de la víctima el día anterior y por la llamada de madrugada a la vivienda que comparte con su pareja --exnovia del perjudicado--, la cual declaró que éste "ha venido amenazando" al acusado en diversas ocasiones.
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