La Audiencia de Sevilla ha absuelto a una mujer para quien el fiscal solicitó diez años de cárcel por consentir los abusos de un chico de 16 años sobre su hija de tres años.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, únicamente considera demostrado que el joven de 16 años visitaba asiduamente el domicilio de la acusada K.M.G.H., de 36 años, y entre mayo y octubre de 2008 sometió a la menor a "tocamientos y actos reiterados de contenido sexual", sin que la madre "hiciera algo por impedirlos".
La absolución se basa en que la única prueba del presunto consentimiento de la madre fue la declaración de la víctima ante los psicólogos para la causa que se siguió contra el chico de 16 años en el juzgado de Menores 3 de Sevilla, pero en dicho interrogatorio no participó ni pudo intervenir el abogado de la ahora acusada.
Posteriormente, los psicólogos del Equipo de Evaluación de Casos de Abuso Sexual (EICAS) manifestaron que "no era recomendable volver a explorar a la menor, con el fin de preservar su bienestar psicológico" y además porque su nuevo testimonio "necesariamente perdería fiabilidad y validez respecto a los anteriores·.
La Audiencia sostiene que estas circunstancias, no puede admitir como prueba la practicada en otra jurisdicción como es la de Menores y sin participación del abogado de la acusada.
En cuanto al testimonio de los psicólogos sobre la credibilidad de la niña, dicen los jueces que puede ser admisible como "herramienta complementaria de valoración" o "refuerzo de la prueba directa básica" que es el testimonio de la víctima, con el que no contaron.
La madre fue procesada por un delito de abusos sexuales con acceso carnal y la Fiscalía de Sevilla pidió para ella diez años de cárcel y seis de retirada de la patria potestad.
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