Andalucía

La Junta reactiva 18 expedientes de expropiación de viviendas embargadas

La Consejería de Fomento y Vivienda ha reactivado los 18 expedientes de expropiación de viviendas embargadas por entidades financieras a personas en riesgo de desahucio a fin de evitar el desalojo de estas familias, por encontrarse estas personas en riesgo de exclusión social

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La Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía ha reactivado este miércoles los 18 expedientes de expropiación de viviendas embargadas por entidades financieras a personas en riesgo de desahucio a fin de evitar el desalojo de estas familias, por encontrarse estas personas en riesgo de exclusión social acreditada por los servicios sociales de sus respectivos ayuntamientos, unos expedientes que estaban paralizados tras el recurso presentado contra el decreto ley.

   Según han indicado a Europa Press fuentes de la Consejería, este miércoles, primer día con la Ley de Medidas para Asegurar la Función Social de la Vivienda en vigor, la Secretaría General de Vivienda ha instado a las ocho delegaciones territoriales de la Consejería de Fomento y Vivienda a volver a remitir al Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) todos los expedientes de expropiación abiertos durante el periodo en que estuvo vigente el Decreto Ley para Asegurar la Función Social de la Vivienda, entre el 12 de abril y el 9 de julio, cuando el presidente del Gobierno de España lo recurrió ante el Tribunal Constitucional invocando el artículo 161.2 de la Constitución española, lo que provocó su suspensión cautelar.

   De esta forma, las delegaciones territoriales de Málaga (seis expedientes), Sevilla (cuatro), Almería (tres), Granada (dos), Huelva (dos) y Cádiz (uno) remiten ahora al BOJA sus expedientes abiertos, lo que supone el reinicio del proceso de expropiación temporal del uso. Los expedientes son de viviendas del BBVA (tres), Banesto (tres, Banco Santander (dos), Banco Popular (dos), Caja Rural de Granada (dos), Banco de Sabadell (uno), Caja Rural del Sur (uno), Deutsche Bank (uno), A Y T Fondo Hipotecario Mixto (uno), Citifin (uno) y Gescat Viviendes (uno), han precisado desde la Consejería.

   De esta forma, a partir de la publicación en el BOJA, las entidades financieras concernidas tendrán 15 días para presentar alegaciones, un procedimiento similar al abierto cuando estaba vigor el decreto, y que ahora se repite al sustituir la Ley a la norma anterior, que por lo demás estaba suspendida cautelarmente en diversos preceptos.

   Asimismo, en paralelo, y desde este miércoles mismo, las delegaciones territoriales de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía continúan con la tramitación de las solicitudes de expropiación temporal del uso realizadas con anterioridad al recurso, al tiempo que comienzan a gestionar las nuevas peticiones.

   Entre las personas que solicitaron dicha expropiación y las que acudieron a las oficinas del Programa Andaluz en Defensa de la Vivienda para acogerse a los servicios de protección que presta la Consejería, en los menos de tres meses en que estuvo en vigor el Decreto Ley para Asegurar la Función Social de la Vivienda optaron a la expropiación temporal del uso más de 500 personas.

   La Consejería de Fomento y Vivienda recuerda que podrán acogerse a la expropiación temporal del uso de sus viviendas embargadas para evitar desahucios todas las personas que cumplan los requisitos socioeconómicos establecidos en la Ley.

   La Consejería ha recordado que trabaja en el Reglamento del Registro de Viviendas Deshabitadas, donde incluirá todos los inmuebles vacíos de la comunidad que detecte para su eventual sanción (personas jurídicas) o incentivo (personas físicas) al objeto de que salgan en alquiler asequible, mientras que el Plan de Inspección de Viviendas Vacías, aprobado en mayo, continúa su despliegue.

   Las fuentes han recordado que la Consejería de Fomento y Vivienda y el Gobierno de España --a través de los ministerios de Economía, Administraciones Públicas, Justicia y Fomento-- mantiene abierta una Comisión Bilateral Junta-Estado, un organismo constitucional para "dirimir los posibles conflictos de competencias alegados por el Gobierno, de forma que se evite un recurso contra la Ley similar al presentado contra el decreto".

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