El juicio que estaba fijado para este jueves en el Juzgado de lo Penal número 4 de Córdoba contra el exalcalde de la Entidad Local Autónoma (ELA) de Encinarejo, que pertenece a Córdoba, Miguel Martínez Múrez (PA), acusado de un delito de prevaricación urbanística, al conceder en abril de 2006 "a sabiendas de su ilegalidad" una licencia de obras mayores de construcción de una nave para aperos, ha sido suspendido por la imposibilidad de acudir a la cita por parte de uno de los abogados.
Así lo han confirmado a Europa Press fuentes judiciales, que detallan que ahora se realizará un nuevo señalamiento, previsiblemente para mediados del próximo año 2014, cuando se celebraría este juicio en el que la Fiscalía Provincial de Córdoba pide al exregidor una pena de un año y un mes de prisión y ocho años de inhabilitación de empleo o cargo público por los citados hechos.
Según recoge la calificación del Ministerio Público, el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) vigente de Córdoba señala que dicha finca está considerada como suelo no urbanizable en la subcategoría de la Vega del Guadalquivir y para poder construir de conformidad con lo establecido en el PGOU es "necesario que la finca donde se proyecte la vivienda tenga una superficie mínima de cinco hectáreas", si bien la parcela para la que se solicitó la licencia "solo cuenta con 31.441 metros cuadrados", por lo que "en ningún caso la construcción que se llevó a cabo podría ser autorizable".
En este sentido, el acusado "con pleno conocimiento de la conculcación de la legalidad urbanística y a sabiendas pues de que no se cumplían los requisitos legales", según el fiscal, concedió la licencia con fecha 14 de abril de 2006 y todo ello supuestamente "sin informe alguno del técnico municipal, donde se ponía de manifiesto que la construcción no cumplía con los requisitos necesarios para poder autorizarla, además se omitió el informe jurídico del secretario de la Entidad Local de Encinarejo".
Además, el Ministerio Público destaca que "la construcción que finalmente se llevó a cabo no fue una nave para aperos sino una vivienda familiar de 240 metros cuadrados", todo ello "sin que el acusado como alcalde de la entidad hiciera nada por velar por la legalidad urbanística en un municipio de escasos habitantes", unos 1.700 habitantes.
Cabe recordar que el juez del Juzgado de lo Penal número 3 de Córdoba ya absolvió en junio al exalcalde de dicha Entidad Local Autónoma de la supuesta comisión de otro delito de prevaricación urbanística por haber concedido otra licencia en agosto de 2006 para la construcción de otra nave de aperos, hechos por los que la Fiscalía le pedía una pena de un año y un mes de prisión y ocho años de inhabilitación de empleo o cargo público.
Según el fallo, el magistrado consideró que la construcción de la nave de aperos es "legal y ajustada a la normativa urbanística", porque la extensión de la finca es superior a 30.000 metros, al tiempo que apuntaba que no se sabe si la competencia para otorgar la licencia era de la ELA o del Ayuntamiento de Córdoba.
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